Las bajas por enfermedades comunes le cuestan a la Seguridad Social 5.900 millones al año
La prestación de incapacidad temporal por contingencias comunes, la que cubre a los trabajadores ante una enfermedad común o accidente no laboral tiene un coste anual de 5.900 millones de euros para la Seguridad Social, entre las mutuas colaboradoras y las entidades gestoras del sistema público.
Así se desprende de la respuesta ofrecida por el Gobierno a los diputados de Ciudadanos Sergio del Campo, José Cano Fuster y Saúl Ramírez, que el pasado mes de diciembre preguntaron por el coste de las bajas laborales y a la que ha tenido acceso Europa Press.
Estos 5.900 millones suponen un desvío de aproximadamente 500 millones de euros respecto al importe presupuestado por la Seguridad Social para esta contingencia, que en 2016 estaba cifrado en algo más de 5.400 millones de euros.
La formación naranja había preguntado por la evolución de este gasto y el seguimiento del mismo realizado por el Gobierno, así como las medidas que contemplaba para reducir el absentismo laboral, a lo que el Ejecutivo ha respondido con las medidas llevadas a cabo en los últimos años.
Respecto a esta última cuestión, señala el Gobierno, el Decreto 625/2014 establece protocolos de temporalidad de los actos médicos de confirmación de la baja a partir del cual se asigna el plazo estimado de duración del proceso.
En su respuesta el Gobierno también alude a la modificación de la Ley General de la Seguridad Social de diciembre de 2014, que amplió la capacidad de las mutuas colaboradoras con la Seguridad Social en la gestión de las bajas laborales.
A partir de ese cambio normativo, las mutuas tienen la posibilidad de llevar a cabo el control y seguimiento de la prestación económica a partir del mismo día de la baja médica, comprobando la concurrencia de los hechos que originaron la baja, los exámenes y reconocimientos médicos.
En este sentido, pueden proponer el alta médica a través de sus propios facultativos a la Inspección Médica de los Servicios Públicos de Salud, que debe pronunciarse acerca de la propuesta de alta en un plazo máximo de cinco días hábiles.
Por otra parte, las mutuas tienen la posibilidad de realizar pruebas diagnósticas y tratamientos terapéuticos y rehabilitadores, poniendo los resultados de estos exámenes a disposición del médico del Servicio Público de Salud.
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