Declaración de la Renta

Alerta en la declaración de la Renta 2026: ni se te ocurra poner esto en el borrador porque Hacienda te va a cobrar un dineral

La declaración de la Renta 2026
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El próximo 8 de abril de 2026 arranca la declaración de la Renta, y muchos contribuyentes tienen dudas sobre cuáles son los bienes que deben declarar. Uno de los errores más habituales tiene que ver con las herencias, y una abogada lo explica claramente: «No van en la Declaración de la Renta, van en otra declaración completamente diferente». ¿La razón? Una herencia no se considera un rendimiento o ingreso como un salario , sino una transmisión patrimonial, razón por la cual se declara en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones en un plazo de seis meses desde el fallecimiento del donante.

Ahora bien, es fundamental diferenciar entre la herencia de los rendimientos que genera. Por ejemplo, si se vende un inmueble heredado, sí se debe declarar en la Renta la ganancia patrimonial obtenida a raíz de la venta. Lo mismo ocurre si se alquila la vivienda y genera ingresos. Es fundamental entender la diferencia para evitar errores y cumplir con la Agencia Tributaria.

No cometas este error con la declaración de la Renta 2026

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«Muchos clientes nos preguntan en el despacho si es necesario incluir en la declaración de la renta del año siguiente los bienes recibidos por herencia, y la respuesta es que no. Los bienes heredados se declaran únicamente en el impuesto de sucesiones y, una vez realizado este trámite, no es necesario volver a reflejarlos en la renta. Sin embargo, si esos bienes generan algún tipo de rentabilidad, sí será necesario incluir los ingresos obtenidos en la declaración de la renta, pero no los propios bienes en sí».

Herencias que sí se declaran en la Renta

Aunque normalmente las herencias no se incluyen en la declaración de la renta, existen tres situaciones en las que se debe reflejar la herencia en el IRPF y no sólo en el Impuesto de Sucesiones:

El primer caso ocurre cuando se recibe una vivienda heredada. El IRPF no se aplica sobre la herencia en sí, sino sobre los ingresos que esta genere. Por ejemplo, si vendes la vivienda o decides alquilarla, tendrás que declarar los beneficios obtenidos. De igual forma, si la herencia consiste en un local o terreno ya alquilado, deberás reflejarlo en la declaración de la Renta.

Cuando un piso es heredado por varios hermanos, la situación varía. Si optáis por venderlo o alquilarlo, los beneficios se declaran en la Renta de acuerdo con la proporción de cada heredero. En cambio, si se mantiene como vivienda habitual, se paga el ISD correspondiente, y quien viva en la vivienda deberá asumir la parte proporcional a los demás hermanos que hayan aceptado la herencia.

El segundo caso se refiere al dinero heredado. Si recibes dinero que genera intereses, estos deberán incluirse en la declaración de la Renta 2026 como rendimientos del capital. De igual manera, si heredas acciones o dividendos, también se deben declarar como beneficios.

Por último, está el caso de las pensiones. Si el fallecido tenía una pensión y la heredas, deberás incorporarla a tu declaración de la renta cuando la cobres, ya que se considera un rendimiento del trabajo.

El artículo 39 de la Ley General Tributaria dispone: «Los herederos están obligados al cumplimiento de las obligaciones tributarias del causante, debiendo asumir el cargo fiscal en la misma situación que existía en el momento del fallecimiento, salvo que renuncien a la herencia».

Impuesto de Sucesiones y Donaciones

El impuesto de sucesiones se aplica cuando una persona recibe bienes o derechos de otra por herencia o legado, y también a las donaciones entre vivos. Es progresivo, personal y directo, y grava cualquier incremento patrimonial obtenido a título gratuito, incluidos los seguros de vida. En España, la gestión corresponde a las comunidades autónomas, con diferencias en tipos y deducciones. La tributación se calcula aplicando el tipo impositivo sobre la base imponible, con reducciones estatales y autonómicas, y la distribución depende del testamento o del orden legal de sucesión.

Para José María Mollinedo, secretario general de Gestha (Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda), las bonificaciones tienen un peso importante: «En España se estima que el 83,50 % de quienes reciben herencia o donaciones son familiares del grupo 2 de parentesco (descendientes de 21 años o más, cónyuges y ascendientes), que suman al 81,41 % de las bases imponibles declaradas (la porción hereditaria adjudicada o la donación recibida) y en cambio solo pagan el 44,33 % de la recaudación total de este impuesto. El grupo 3 de parentesco, con una base imponible muy inferior, paga el 45 % de la recaudación total.

El efecto de las reducciones por tanto afecta esencialmente al Grupo 2 de familiares. «El 81,93 % heredaron menos de 64.000 euros, un 13,54 % heredaron entre 64.000 y 160.000 euros, y solo el 4,53 % de estos declarantes lograron herencias por encima de 160.000 euros, los más beneficiados de estas reducciones. En este grupo más privilegiado, el subgrupo de herederos que recibieron más de 800.000 euros son apenas el 0,28% de los declarantes», comenta el técnico de Hacienda a BBVA.

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