Comunidad Valenciana
'CASO OLTRA'

Oltra se opone a una nueva prórroga en la investigación del caso de la menor abusada por su marido

La ex vicepresidenta primera de la Generalitat Valenciana y ex consejera de Igualdad y Políticas Inclusivas Mónica Oltra ha presentado ante el Juzgado de Instrucción 15 de Valencia un escrito de oposición a la prórroga de la fase de investigación del caso que busca esclarecer si cargos y/o personal de la Consejería que ella dirigía supuestamente ocultaron las denuncias de la menor víctima de los abusos del entonces marido de la propia Oltra. A este caso es el que se conoce como el caso Oltra.

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) decidió imputar a Mónica Oltra en este caso por los supuestos delitos de prevaricación, abandono de menores y omisión del deber de perseguir delito. Como ella dimitió de su condición de vicepresidenta, el caso volvió al juzgado de instrucción 15 de Valencia, que es el que ahora continúa con las diligencias de la fase de investigación.

A inicios del presente año, ese juzgado decidió ampliar la fase de investigación durante seis meses a partir de la conclusión del plazo ordinario, que era el 31 de octubre de 2022. Esos seis meses se cumplen a la finalización de este mes de abril.

El nuevo escrito de Mónica Oltra responde a la resolución de fecha 18 de abril en la que se da traslado a las partes para que establezcan las alegaciones que consideren oportunas a la prórroga de la citada fase fase de instrucción. Y es esta circunstancia la que a generado las alegaciones de Mónica Oltra, que ahora se conocen.

«Larga» investigación

En su escrito, de fecha 21 de abril, la Mónica Oltra alega, entre otras cuestiones, que «la larga y excesiva duración de la investigación, así como la naturaleza de diversas diligencias constituyen, cuanto menos anomalías procesales que deben mantenerse con criterio restrictivo». Y agrega que «de lo contrario se corre el riesgo de profundizar en una dinámica de causa general y de naturaleza prospectiva atentatoria de derechos fundamentales».

Además de la citada, la defensa de Mónica Oltra alude considera que «no concurre ninguno de los requisitos fijados en el articulo 324 de L. E. Criminal» (Ley de Enjuciamiento Criminal) «para acordar la prórroga de la investigación, al no concretarse la existencia de diligencia de investigación pendiente de practicar y la relevancia de las mismas». Todo ello, según añade «sin perjuicio de la práctica de las ya acordadas, que no precisan de resolución al estar amparadas por el artículo 324 de la L.ECrim».