SANIDAD

Los médicos valencianos elevan al Constitucional su falta de material de protección en la pandemia

El sindicato médico apela al Constitucional al considerar que se ha vulnerado el artículo 15 de la Constitución

El recurso de los médicos valencianos está a la espera de la decisión del Tribunal Constitucional acerca de si lo admite o no

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Ximo Puig y Ana Barceló en una imagen de archivo.
Ignacio Martínez

La Confederación Estatal de Sindicatos Médicos de la Comunidad Valenciana (CESM-CV) ha elevado al Tribunal Constitucional recurso de amparo para hacer valer lo que consideran sus derechos constitucionales frente a la falta de material de autoprotección que sufrieron durante la parte más dura de la pandemia. La presentación de estos recursos, que ahora se ha conocido, comenzó en julio. Si bien, el asunto ha salido de nuevo a la luz en plena sucesión de escándalos en torno al material de protección durante la pandemia.

Se trata de un recurso de amparo contra la sentencia dictada por la Sala del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) de 25 de octubre de 2022, «por considerar que el mismo infringe el artículo 15 de la Constitución Española».

Ese artículo 15 de la Constitución sostiene que «todos tienen derecho a la vida y a la integridad física y moral, sin que, en ningún caso, puedan ser sometidos a torturas ni a penas o tratos inhumanos o degradantes» en una parte de su tenor literal. Se trata, también, del artículo en que queda abolida la pena de muerte, salvo lo que puedan disponer las leyes penales militares para tiempos de guerra.

El citado artículo 15 de la Constitución española está contenido el capítulo segundo de la Constitución, Derechos y libertades. En concreto, en su sección primera, De los derechos fundamentales y de las libertades públicas.

Juzgado de Lo Social, TSJCV, Supremo y Constitucional

El antecedente de este recurso se fundamental en la demanda interpuesta el 6 de mayo de 2020 ante los juzgados de Lo Social de Valencia contra la Consejería de Sanidad de la Generalitat Valenciana, presidida entonces por el socialista Ximo Puig, por parte del sindicato antes mencionado, CESM-CV.

La demanda prosperó. Y el juzgado dictó medidas cautelarísimas en auto de 26 de marzo de ese mismo 2020. En concreto la de requerir a la Consejería de Sanidad «a fin de que con carácter urgente e inmediato, en el término de 24 horas, provea a todos los centros sanitarios (hospitales, centros de salud, SAMU, PAC…) de la provincia de Valencia, de batas impermeables, mascarillas FPP2 y FPP3, gafas de protección, calzas específicas y contenedores de grandes residuos, para garantizar la salud y protección de los citados profesionales sanitarios», según consta en el recurso de amparo alte el TC, al que ha tenido acceso OKDIARIO.

Esa Consejería de Sanidad estaba entonces dirigida por la que hoy es portavoz socialista en el Ayuntamiento de Alicante y presidenta del PSOE valenciano hasta el próximo congreso, Ana Barceló

Recuerda, también, el recurso de amparo ante el TC, que «en este sentido, el referido Auto constata que los profesionales sanitarios están trabajando con batas permeables, chubasqueros, bolsas de basura, sus propias gafas, gafas de buceo y aquellos otros medios que se les ocurre agudizando el ingenio para protegerse frente al COVID-19 y evitar la propagación de la enfermedad ante la pasividad de la Administración».

La vista se celebró el 3 de abril de 2020. Y fue resuelta por Auto de fecha 8 de abril del mismo año. Una vez resuelta, se juzgó oportuno establecer una indemnización de 4.500 euros, sin perjuicio de las demandas individuales en reclamación de daños y perjuicios que pudieran ejercitar los trabajadores. El juzgado estimó parcial de la demanda.

Contra la sentencia de 11 de febrero de 2022 dictada por el Juzgado de Lo Social 10 de Valencia se interpusieron recursos tanto de la Consejería como del sindicato, resueltos en sentencia de 25 de octubre de ese año del TSJCV, que estimo el recurso de la Administración y desestimó a su vez el del sindicato.

La sentencia del TSJCV fue, a su vez, recurrida por CESM-CV ante el Tribunal Supremo mediante recurso de casación formalizado el 9 de enero de 2023. Y el 21 de junio de ese mismo año, el Alto Tribunal declaró su inadmisión. La sentencia del TSJCV devino firme en octubre de 2022. 

Recurso por «violación de un derecho fundamental»

Ahora, los médicos han elevado un nuevo recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional por lo que consideran una «violación de un derecho fundamental» en relación al citado artículo 15 de la Constitución.

Los recursos de amparo presentados ante el Tribunal Constitucional son tres, según fuentes próximas al sindicato. El primero de ellos, de julio de 2023. Sin embargo, ninguno ha trascendido hasta ahora. El Alto Tribunal, que sí ha hecho constar a los recurrentes la recepción de esos recursos, según éstos, debe decidir su admisión o no. Y, en caso de que lo haga, desarrollar el procedimiento que conforme a ley estime oportuno.

El sindicato CESM-CV es el mayoritario entre los médicos valencianos. En el caso que nos ocupa, ese sindicato sustancia su recurso en un amplio documento al que ha tenido acceso OKDIARIO en el que suplica al Constitucional que «declare la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana de 25 de octubre de 2022 dictado en el Recurso de Suplicación nº 1948/2022 ha lesionado el derecho fundamental a la vida y a la integridad física de los demandantes de amparo».

Reclama, además, que «restablezca a los mismos en sus derechos y, a tal fin, anule la indicada sentencia» y que «igualmente, a efectos de restablecimiento de los demandantes de amparo en sus derechos, proceda a la remisión al TSJCV, con la obligación de resolver la cuantía indemnizatoria exclusivamente, a que tienen derecho los demandantes conforme a las peticiones del Recurso de Suplicación interpuesto por esta parte, contra la sentencia del Juzgado de lo Social Número 10 de Valencia».

 

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