Tribunal Supremo

Varapalo del Supremo a ‘Kichi’ por pagar sueldos por debajo del convenio a empleados municipales

El Supremo ha desestimado el recurso de casación del Gobierno de Kichi, como adelanta OKDIARIO

Se condena a Cádiz a pagar a los contratados en los planes de empleo el mismo salario que al personal laboral

Kichi, Vox adoctrinamiento
José María González 'Kichi', ex alcalde de Cádiz.

Batacazo judicial a José María González Kichi. El Tribunal Supremo ha desestimado el recurso promovido por el Gobierno municipal de Cádiz, en tiempos en que era alcalde, con el que buscaba no pagar a empleados municipales de acuerdo a los convenios colectivos. El Ayuntamiento gaditano consideraba que, al ser contrataciones a cargo de fondos europeos, no era necesario completar las nóminas con fondos locales hasta alcanzar los acuerdos sindicales. Además, el Supremo condena al Ayuntamiento que lideró Kichi a pagar las costas judiciales por un total de 1.500 euros.

La Sala de lo Social del Supremo, en una sentencia del pasado 8 de enero a la que ha tenido acceso este periódico, desestima el recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Cádiz contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de 2021. El Alto Tribunal declara así firme la sentencia que determinaba que el Ayuntamiento gaditano dirigido por Kichi «vulneró el derecho fundamental de la afectada a la igualdad de trato en la aplicación de la ley». Por ello, se condenó al Ayuntamiento a abonar 600 euros en concepto de indemnización «por el daño causado».

Fuentes próximas a este caso explican que hay cientos de casos similares por toda España. En total, supondrían cientos de miles de euros en pagos atrasados. Se trataba parados que, con cargo a estos fondos europeos, fueron contratados temporalmente por sus ayuntamientos. Los responsables municipales aceptaban contratarles gracias al dinero de Bruselas, pero no ponían dinero extra, por tanto, no se llegaba a pagar el mínimo estipulado por los convenios colectivos para este tipo de personal. Ahora, el Supremo, en una sentencia de la que ha sido ponente Concepción Ureste, confirma lo resuelto por el TSJ andaluz. Este pronunciamiento, que se suma a uno similar ligado al Ayuntamiento de Sevilla en tiempos de Juan Espadas (PSOE), podrá servir de palanca para otros pleitos que salpican la geografía española.

Como telón de fondo está la lucha entre los partidos políticos por estos planes de empleo que ahora se topan con la Justicia. Abogados consultados que han litigado por estos planes de empleo lamentan el problema persista.

Cotizaciones impagadas

«Los ayuntamientos de todo signo político solicitaron subvenciones a fin de contratar a trabajadores desempleados de distintos colectivos, como jóvenes, mayores de 30 años o mayores de 45. Les aplicaron condiciones de trabajo claramente peores que al resto de sus plantillas: salarios inferiores, cotizaciones menores, exclusión de los convenios colectivos o inaplicación de derechos sociales», explican.

Además, los sindicatos han pretendido «avalar estas decisiones discriminatorias». «Esfuerzos sindicales, por suerte, inútiles y lamentables», a ojos de los expertos. «No sólo no han defendido a los trabajadores más necesitados y menos protegidos, sino que los han traicionado sin obtener ningún derecho ni avance para la clase trabajadora», sostiene uno de los abogados.

Según los expertos, la sentencia «condena la discriminación que han padecido estos colectivos de trabajadores precarizados». El coste para los Ayuntamientos será importante, ya que tendrán que abonar los salarios que dejaron de pagar.

«Se ha acabado de esta manera con la marginación y humillación laboral que han significado estas prácticas contractuales. Esta segregación sólo ha servido para alejarse de las pretendidas finalidades sociales y de integración social de los planes de empleo. Erradicar la precariedad es una prioridad del movimiento obrero, y lo público se encuentra atravesado, y mucho, por esta situación», zanjan.

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