¿Pueden negarnos la entrada a una tienda si vamos sin mascarilla?
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Las empresas decidirán sobre el uso de la mascarilla tras el fin de su obligatoriedad
Desde hace unos días, las autoridades sanitarias y ejecutivas españolas coincidieron en que era el momento de abandonar el uso de las mascarillas en espacios cerrados, a excepción de algunos específicos, como centros sanitarios, farmacias y transporte. Pero, ¿pueden negarnos la entrada a una tienda si vamos sin mascarilla?
Tras más de dos años en los que hemos estado obligados a llevar cubrebocas en estos lugares, tenemos la posibilidad de movernos sin protección incluso en sitios cerrados, pero eso supone que nuevamente habrá que lidiar con aquellas personas que suelen hacen las cosas de forma incorrecta.
¿Pueden negarnos la entrada a una tienda si vamos sin mascarilla?
Más allá de que la nueva ley al respecto contempla algunas recomendaciones de un uso responsable de la mascarilla, apelando siempre a la responsabilidad individual, es imprescindible aclarar que el empresario dueño de un establecimiento no puede bajo ningún punto de vista negar la entrada o la permanencia en el recinto a quien se niegue a utilizarla. Esto, a menos que así lo anunciara en el exterior del inmueble, y sólo en caso de que previamente obtenga un permiso de la Administración.
¿Qué requisitos cumplir para negar la entrada a quien no lleva mascarilla?
Dicho de otro modo, el propietario del establecimiento se reserva el derecho de admisión, limitando la permanencia de personas sin mascarillas, en la medida en que solicite, y se le otorgue, permiso “explícito” de la Administración. Le será concedido al entender el responsable en la materia, que en el interior del recinto no pueden cumplirse los consejos de distancia interpersonal de 1,5 metros entre clientes.
De así desearlo, el empresario deberá advertir acerca de la disposición al público, que decidirá entonces en plena consciencia de cuáles son las reglas en el interior, si prefiere entrar o no al local.
Esto engloba, por igual, tanto a comercios como a otros negocios, entre ellos cines o teatros, gimnasios, etc.
¿Qué pasa en el ámbito laboral?
Muchas personas han expresado dudas acerca de si les afecta esta nueva ley en el ámbito laboral. En líneas generales, tampoco se puede obligar a los trabajadores a utilizar mascarillas, aunque dependerá de la evaluación de los encargados de prevenir riesgos.
Un detalle importante que hay que tener en cuenta es que las empresas no tomarán decisiones al respecto según la evolución de la pandemia, salvo que la situación se agrave y los casos vuelvan a subir.
En el futuro, lo harán en función del puesto del empleado y del peligro al se vea expuesto a circunstancias en las que podría contagiarse de coronavirus.
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