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Renovar el carnet de conducir no es tan simple como acudir al centro médico, pagar las tasas y esperar la aprobación. En 2025, la Dirección General de Tráfico (DGT) ha introducido nuevos criterios médicos más estrictos que podrían suponer un serio obstáculo para muchos conductores habituales. La medida responde al objetivo de reforzar la seguridad vial en España y evitar accidentes derivados de condiciones médicas o del consumo de medicamentos que alteren la capacidad de conducción.
La DGT pone ahora especial atención en ciertos tratamientos farmacológicos y enfermedades que, por sus efectos, suponen un riesgo real al volante. Las personas que toman medicación para la diabetes, ciertos trastornos psiquiátricos o la apnea del sueño podrían ver cómo les deniegan la renovación del carnet si no presentan un informe médico. Además, se establece un listado de patologías divididas en nueve grandes grupos que también condicionan la posibilidad de seguir conduciendo.
Los medicamentos bajo vigilancia de la DGT
Entre las novedades más importantes, destaca la especial a determinados medicamentos de uso común. Aunque los fármacos tienen como objetivo tratar enfermedades que afectan la salud física o mental del paciente, sus efectos secundarios pueden influir negativamente en el estado de alerta, los reflejos y la capacidad de concentración, esenciales para la conducción.
Uno de los ejemplos más claros es la insulina. Este fármaco, imprescindible para controlar los niveles de glucosa en sangre, puede provocar episodios de hipoglucemia si no se administra correctamente o si no hay una alimentación adecuada. Una bajada de azúcar repentina se puede traducir en visión borrosa, mareos, desmayos e incluso pérdida del conocimiento: síntomas incompatibles con una conducción segura. Por ello, cualquier persona diabética deberá presentar un informe médico que certifique que la enfermedad está controlada y que el tratamiento no representa un peligro al volante.
También se incluyen en esta lista los medicamentos recetados para tratar trastornos psiquiátricos. Antidepresivos, ansiolíticos, antipsicóticos y otros tratamientos relacionados con enfermedades mentales como la esquizofrenia, el trastorno bipolar o la ansiedad generalizada están bajo lupa. Aunque estos fármacos pueden estabilizar el estado emocional del paciente, también pueden provocar somnolencia, lentitud en los reflejos, alteraciones sensoriales y falta de coordinación. En este caso, la renovación del permiso estará condicionada a un informe favorable de un especialista.
La apnea del sueño es una enfermedad respiratoria que interrumpe la respiración varias veces durante la noche. La consecuencia directa es un descanso de mala calidad que deriva en fatiga crónica, falta de concentración y somnolencia diurna, todos ellos factores de alto riesgo en la carretera. Los conductores que sigan tratamiento con CPAP (presión positiva continua en las vías respiratorias) tendrán que demostrar mediante documentación médica que la terapia es eficaz.
Enfermedades que pueden impedir renovar el carnet
Además de la vigilancia sobre ciertos medicamentos, la DGT ha establecido nueve categorías médicas cuyas patologías pueden suponer una limitación o incluso una prohibición total para renovar el permiso de conducir:
- Enfermedades respiratorias: afecciones como la disnea permanente en reposo o los casos graves de EPOC pueden ser motivo de denegación directa. En casos menos severos como la apnea del sueño, se permite una renovación con vigencia limitada, generalmente de tres años.
- Trastornos digestivos y renales: pacientes con trasplante renal deben esperar al menos seis meses para solicitar la renovación, mientras que aquellos en diálisis pueden renovarlo con ciertas restricciones, siempre acompañados de informes médicos que certifiquen su capacidad funcional.
- Enfermedades neurológicas: aquí entran patologías como la epilepsia, los accidentes cerebrovasculares o pérdidas de conciencia sin causa aparente. Dependiendo de la gravedad y del historial reciente del paciente, la vigencia del carnet puede variar entre uno y diez años, o directamente ser rechazada.
- Trastornos vasculares: problemas como aneurismas o disecciones arteriales también entran en consideración. Por ejemplo, una disección puede limitar la renovación a sólo dos años, siempre que se presenten informes médicos favorables.
- Patologías oncológicas: los pacientes que estén recibiendo tratamiento activo contra el cáncer o que hayan pasado por tratamientos intensivos como quimioterapia deberán demostrar que no sufren secuelas que afecten a la conducción. El permiso no se renovará mientras el tratamiento esté en curso.
- Trastornos psiquiátricos: éste es uno de los bloques más vigilados por la DGT. La demencia, el trastorno obsesivo-compulsivo, la depresión severa, el TDAH, o cualquier diagnóstico que altere el juicio o la percepción, puede ser causa de no renovación.
- Enfermedades endocrinas: además de la diabetes, el hipotiroidismo mal controlado puede provocar alteraciones metabólicas y emocionales que impidan una conducción segura. En estos casos, también se requiere una revisión médica específica y renovación limitada en el tiempo.
- Enfermedades cardíacas: Tras un infarto agudo de miocardio, se exige un mínimo de seis meses de recuperación antes de poder solicitar la renovación del carnet.
- Patologías degenerativas: enfermedades como el Alzheimer, Parkinson, esclerosis lateral amiotrófica (ELA), artritis severa o distrofias musculares afectan directamente a la capacidad motora y cognitiva. En fases avanzadas, la renovación es prácticamente imposible y puede ser revocada definitivamente.
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