El consejero de Medio Ambiente confirma que la finca de Iglesias en suelo protegido no ha sido regularizada

La Comunidad de Madrid efectivamente emitió un documento en 2017 que acreditó que algunas de las parcelas de Galapagar –entre ellas la del casoplón de Pablo Iglesias– no habían sido regularizadas, tal y como ha publicado OKDIARIO. Pese a los intentos de un canal de televisión de desacreditar las noticias publicadas por este diario, el consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid, Carlos Izquierdo, ha confirmado personalmente que el documento en cuestión por supuesto existe y que efectivamente “la Comunidad de Madrid ratifica que está pendiente la regularización de esas zonas”.

Pablo Iglesias
Carlos Izquierdo, consejero de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid.

La causa: que todas ellas se hicieron por planes parciales o modificaciones puntuales y, sin embargo, es necesario por la magnitud de los cambios tramitarlo por medio “de un plan general”. Y ese plan general no existe. El documento de la Comunidad de Madrid procede, de hecho, de la Consejería de Medio Ambiente, y fue efectivamente devuelto al Ayuntamiento de Galapagar por incumplir los requisitos legales el “6/4/2017”.

Se trata del documento en el que la Comunidad analizaba la ‘Modificación de las Normas Subsidiarias de Galapagar’, que modificaban «las condiciones generales de edificación y de usos y alineaciones en suelo urbano» y que habían sido aprobadas un año antes por el pleno del Ayuntamiento con los votos a favor de PP y PSOE.

Fue el propio Gobierno autonómico el que pidió al consistorio la actualización de las normas urbanísticas a la vista del encadenamiento de modificaciones extrañas e irregulares en la zona, según palabras de una alta autoridad municipal de Galapagar.

Las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Galapagar pretendían, de esta forma, legalizar cientos de irregularidades urbanísticas realizadas en los años 80 y buscan hacerlo provocando el mínimo daño posible a los propietarios afectados.

Entre esas irregularidades a subsanar se encuentra, de nuevo, tal y como ha publicado este diario, la conversión en suelo urbano del chalé de 302 metros que Pablo Iglesias e Irene Montero adquirieron en 2018, construido justo donde se encuentra el Parque Regional del Curso Medio del Río Guadarrama.
Con la modificación de las normas subsidiarias la parcela debía quedar regularizada de manera definitiva. Pero existe un pequeño detalle: que esa norma no ha cumplido las exigencias legales para poder hacerlo.

En un parque protegido

OKDIARIO desvelaba este miércoles que el polémico casoplón del líder de Podemos está construido en un parque protegido y que, cuando Iglesias y Montero compraron la vivienda, sabían que su nueva casa había sido levantada ilegalmente –“alegalmente”, según los técnicos- en 2002 en el Parque Regional del Curso Medio del Guadarrama.

La parcela en cuestión fue declarada en 1976 como no urbanizable y recalificada tras una modificación parcial de 1989. Sin embargo, fuentes de la oposición del municipio madrileño aseguraron a OKDIARIO que, en aquellas fechas, la Comunidad de Madrid se limitó a supervisar la aprobación urbanística del Polígono 37, en el que ni en 1976 ni en 1988 había sido incluida la parcela de Iglesias y Montero.

Captura del Visor SIT (Sistema de Información Territorial) de la Comunidad de Madrid en el municipio de Galapagar.

El documento de la Comunidad de Madrid de 2017 enumera todas las parcelas sobre las que exige informes de la Dirección General de Medio Ambiente, planos exactos, documentos justificativos del cambio de calificación, etc. Y entre esas parcelas, efectivamente, está la de Pablo Iglesias. Porque las modificaciones fueron de tal calado que requerían de un nuevo plan general -no de cambios parciales-. Y ese requisito nunca se ha cumplido.

De ahí que el documento de la administración autonómica, sellado por el Director General de Urbanismo, exija ahora al Ayuntamiento de Galapagar que defina “las alineaciones del terreno urbanizable” y aclare “aspectos de la normativa con problemas e interpretación de las NNSS -normas subsidiarias- de 1976”. También le reclama un “plano síntesis de delimitación del suelo urbano vigente, que incorpore de forma clara las sucesivas modificaciones aprobadas hasta la fecha de forma que se pueda comparar con el plano de delimitación de suelo urbano propuesto”.

En el informe de los técnicos de la Comunidad, además, se exige al Ayuntamiento de Galapagar “una justificación detallada del límite del suelo urbano que se propone”. Así mismo, le impone otras medidas: “A pesar de que en la memoria se señala que no se modifica la clasificación de suelo respecto del planeamiento vigente, del análisis del plano de delimitación de suelo urbano aportado, se deduce la incorporación de suelos que no son suelo urbano en el planeamiento vigente”.

Y va a más el documento, porque en el aspecto medioambiental, los técnicos del Gobierno autonómico también hacen aclaraciones: “En el caso que la Modificación proponga la incorporación de suelos que el planeamiento vigente son Suelo No Urbanizable, será necesario además que se aporte informe de la Dirección General de Medio Ambiente que justifique la viabilidad del cambio de clasificación”. Sobre todo porque algunas parcelas, como la de Iglesias, se encuentran dentro del perímetro del Parque Regional.

Y los expertos de la Comunidad concluyen: “Deberá corregirse y completarse el documento técnico de la Modificación de las Normas Subsidiarias de Planeamiento de Galapagar relativa a las condiciones generales de la edificación y de los usos y alineaciones en suelo urbano”.

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