Sentencia La Manada

El TSJ de Navarra dictará su sentencia sobre ‘La manada’ en un plazo de 4 meses

la Manada
Los cinco amigos de 'la Manada' juzgados por la presunta violación durante los Sanfermines de 2016. | La Manada

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra TSJN dictará su sentencia sobre el caso de ‘La manada’ en un plazo de 4 meses. La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Pamplona condenaba a los 5 acusados a una pena de 9 años por un delito de abuso sexual durante los sanfermines del 2016 con el voto particular del magistrado Ricardo González, partidario de la absolución.

Según las fuentes consultadas por OKDIARIO, la Audiencia Provincial de Pamplona recibirá en un plazo de 10 días que ya ha comenzado los recursos que presenten las 6 partes personadas en la causa contra la sentencia: el abogado de la víctima, los dos letrados de los 5 acusados, la Fiscalía y la acusación popular que ejerce el Gobierno foral de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona. Posteriormente, la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra iniciará un periodo de tramitación de los recursos que se extenderá «durante un mes y medio o dos meses» aproximadamente.

Después, la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que dirige el presidente Joaquín Galve, dispondrá de un plazo aproximado de otros dos meses para resolver dichos recursos y emitir su resolución sobre los hechos probados por Audiencia Provincial. Dada la inactividad de los Juzgados en el mes de agosto, el fallo del TSJN previsiblemente no se conocería hasta septiembre.

La sentencia ha levantado una gran polémica en la opinión pública ya que niega el delito de violación y por tanto, que se hubiera producido violencia o intimidación por parte de los condenados. Los cinco acusados José Ángel PrendaÁngel BozaJesús EscuderoAntonio Manuel Guerrero y Alfonso Jesús Cabezuelo se enfrentaban a penas superiores a los 20 años. Concretamente, la Fiscalía solicitaba 22 años y 10 meses de reclusión; la acusación particular, 24 años y nueve meses, y las acusaciones populares, 25 años y nueve meses. Por su parte, las defensas pedían su absolución.

El abogado de cuatro de los cinco miembros de ‘La Manada’, Agustín Martínez, afirmó tras conocer el fallo que «inmediatamente» iba a pedir la puesta en libertad de sus clientes, porque «el elemento distorsionador para la puesta en libertad era el hecho de que la pena era de 25 años y había riesgo de fuga». Los cinco encausados se encuentran en prisión provisional desde que fueron detenidos el 7 de julio de 2016.

la manada
El magistrado de la Audiencia provincial de Navarra Ricardo Javier González.

El voto particular de la sentencia

El juez Ricardo González era el único de los magistrados del tribunal de la Audiencia Provincial de Navarra que ha discrepado con la condena y ha pedido la absolución de los acusados. El magistrado agradecía públicamente a sus compañeros el apoyo recibido, tras el rechazo que ha ocasionado su voto particular en parte de la opinión pública.

Sobre la grabación realizada por los acusados presentada en el juicio como prueba de cargo, el juez señala que el rostro de la joven muestra una «innegable expresión relajada, sin asomo de rigidez o tensión», lo que «impide sostener cualquier sentimiento de temor, asco, repugnancia, rechazo, negativa, desazón, incomodidad».

«Las imágenes», añadía González, son «ciertamente de contenido perturbador», pero no aprecia otra cosa que «una cruda y desinhibida relación sexual, mantenida entre cinco varones y una mujer, en un entorno sórdido, cutre e inhóspito y en la que ninguno de ellos (tampoco la mujer) muestra el más mínimo signo de pudor, ni ante la exhibición de su cuerpo o sus genitales, ni ante los movimientos, posturas y actitudes que van adoptando».

«No aprecio en ninguno de los vídeos y fotografías signo alguno de violencia, fuerza o brusquedad ejercida por parte de los varones sobre la mujer. No puedo interpretar en sus gestos, ni en sus palabras, en lo que me han resultado audibles, intención de burla, desprecio, humillación, mofa o jactancia de ninguna clase». En este sentido, el magistrado decía observar «una desinhibición total y explícitos actos sexuales en un ambiente de jolgorio y regocijo en todos ellos y, ciertamente, menor actividad y expresividad en la denunciante».

Lo último en España

Últimas noticias