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La reforma de Sánchez pone al servicio del Gobierno «por interés público» policías judiciales como la UCO

El nuevo Estatuto del Ministerio Fiscal entregará las investigaciones a los fiscales

La reforma de Sánchez pone al servicio del Gobierno «por interés público» policías judiciales como la UCO
Luz Sela

La reforma del Estatuto Fiscal, que promueve el Gobierno, otorga plenos poderes a la Fiscalía General del Estado sobre la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil. E, indirectamente, somete también a la Policía Judicial al propio Ejecutivo.

El asunto toma una especial relevancia tras conocerse los audios de la socialista Leire Díez, en los que ofrece distintos beneficios a un empresario investigado por la Audiencia Nacional a cambio de información sensible sobre el teniente coronel de la UCO Antonio Balas, al frente de los casos de corrupción que afectan al entorno personal y político de Pedro Sánchez.

El anteproyecto, dirigido por Félix Bolaños y que se encuentra ahora en trámite de audiencia pública, somete a la Policía Judicial, y en consecuencia a la UCO, a los fiscales -bajo la dependencia jerárquica del fiscal general del Estado-, en vez del juez de instrucción como ahora ocurre.

Como ya informó OKDIARIO, la letra pequeña de la reforma encierra asuntos de especial calado, como que «el fiscal general del Estado podrá impartir, por conducto del Ministerio del Interior y, en su caso, de los organismos encargados de la dirección de las Policías autonómicas, cuantas instrucciones generales estime oportuna vs para el mejor funcionamiento de la justicia». Un enunciado lo suficientemente ambiguo para que tengan cabida toda clase de órdenes a la Policía judicial y, en su defecto, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en su totalidad.

Pero, además, la reforma modifica el artículo octavo, por el cual «el Gobierno podrá interesar del fiscal general del Estado la realización de las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público».

Hasta ahora, existía una salvaguarda. Y es que, según el actual redactado del artículo, el Gobierno podrá «interesar del fiscal general del Estado que promueva ante los Tribunales las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público». La reforma liquida la actuación ante los tribunales y otorga al fiscal general «la realización de las actuaciones pertinentes en orden a la defensa del interés público».

Y todo ello, considerando además que la Policía Judicial -como la UCO- pasará a depender en exclusiva del fiscal general, que será el órgano encargado de dar las órdenes para dirigir las investigaciones, limitando así extraordinariamente las atribuciones de los propios jueces.

Control de la Policía Judicial

El control de la Policía Judicial es una de las principales novedades de la reforma diseñada por el Gobierno. A ello se dedica un capítulo de nueva introducción, en el que se anuncia que «la Policía Judicial desarrollará, bajo la dependencia funcional directa del Ministerio Fiscal, las funciones de averiguación del delito y descubrimiento y aseguramiento de sus responsables, o de prestación de auxilio judicial». Para este fin, «las unidades de Policía Judicial practicarán las diligencias de investigación cuya realización les haya sido ordenada por el Ministerio Fiscal con arreglo a las instrucciones impartidas por aquellos».

La reforma advierte, entre otras cosas, que «las  instrucciones de carácter técnico que obtuvieren de sus superiores policiales en ningún caso podrán contradecir aquellas instrucciones generales o particulares impartidas por el Ministerio Fiscal» o que «en la investigación de los delitos la Policía Judicial se atendrá, una vez iniciado el procedimiento de investigación, a las órdenes e instrucciones particulares que reciban del fiscal responsable de la investigación».

Las instrucciones se formularán por escrito, «salvo urgencia o cuando la naturaleza de la actuación lo aconseje». En este caso, la orden podrá ser verbal. Los funcionarios de la Policía Judicial «guardarán rigurosa reserva» sobre las actuaciones. El fiscal tendrá el control de los atestados policiales. Asimismo, «podrá realizar, por sí mismo o con el auxilio de la Policía Judicial, aquellas diligencias extraprocesales que la ley le autorice a practicar sin autorización judicial y que, siendo necesarias para fundamentar su postura procesal, puedan aportarse al inicio del acto de juicio oral».

«Independencia»

El Gobierno responde que con esta reforma se atiende a los requerimientos de «independencia» del fiscal general del Estado que la Unión Europea le reclama desde hace años. Sin embargo, las medidas son polémicas y se cuestiona su intención real: por ejemplo, el mandato del fiscal se amplía a cinco años y también se asegura su «ascenso a la primera categoría» al término de su mandato. Desde el Partido Popular consideran que es una forma de blindar al fiscal general.

La reforma ha recibido también la contestación de los fiscales. Desde la Asociación de Fiscales, mayoritaria de la carrera fiscal, consideran que es «una operación más de maquillaje de cara al exterior», que no pretende reforzar la institución, sino al propio fiscal, al que se le otorga más poder sin contrapesos.

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