Podemos exige al Gobierno que elimine en los alquileres el aval bancario que hace frente a los morosos
La medida está extraída de una proposición de Ley del partido de Iglesias
La formación morada habla de un "ejercicio abusivo de la libertad de empresa"
La letra pequeña del acuerdo presupuestario alcanzado por el Gobierno socialista de Pedro Sánchez y el grupo confederal Unidos Podemos-En Comú-En Marea incluye la eliminación del aval bancario en los alquileres frente a inquilinos morosos. Si bien no se alude a él expresamente, su supresión está contemplada en el punto del acuerdo que establece que «no se podrán pactar garantías adicionales a la fianza en metálico hasta un máximo de dos mensualidades de la renta».
Esta medida está extraída de la proposición de Ley para «regular los alquileres abusivos y mejorar las garantías y el acceso a la vivienda en alquiler» que Unidos Podemos presentó en el Congreso de los Diputados el pasado abril. En ella, la formación de Pablo Iglesias plantea una modificación de la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos (LAU) en su artículo 36.5 cambiando el sentido afirmativo de su actual redacción (las partes «podrán pactar cualquier tipo de garantía»…) por el negativo: «Las partes no podrán pactar ningún tipo de garantía del cumplimiento por la parte arrendataria de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico».
Esta eventual reforma de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) fue uno de los principales escollos en la negociación entre el Gobierno de Sánchez y Unidos Podemos-En Comú-En Marea. De momento, está por ver cómo se plasman tales medidas, incluida la supresión del aval bancario frente a morosos, en un nuevo texto normativo.
El compromiso de ambas partes, según En Comú Podem (la confluencia que ha llevado el peso de la negociación en este ámbito), es hacerlo vía reforma de la LAU bien a través del propio proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2019 o bien mediante un Real Decreto. Todavía tendrán que afinar mucho su redacción definitiva, pero Podemos va a presionar todo lo posible al Ejecutivo de Sánchez para que dicha eliminación del aval bancario anti-morosos llegue al BOE de manera «urgente».
En la exposición de motivos de su proposición de ley, la formación de Pablo Iglesias y sus confluencias hablan de una «ausencia de límites suficientes al ejercicio abusivo de la libertad de empresa y del derecho de propiedad privada».
«Prórroga tácita»
Además, el Gobierno y Unidos Podemos-En Comú-En Marea han acordado, entre otros aspectos, que «se ampliará el plazo de prórroga obligatoria de los contratos de alquiler de tres a cinco años, y se ampliará la prórroga tácita de uno a tres años para personas físicas» y, en el caso de que la parte arrendadora sea una persona jurídica, «serán 7 años de prórroga obligatoria y 3 de tácita».
El acuerdo incluye también que «si llegada la fecha de vencimiento del contrato, o de cualquiera de sus prórrogas, una vez transcurridos como mínimo cinco años de duración de aquel en el caso de personas físicas o siete años en personas jurídicas, ninguna de las partes hubiese notificado a la otra, al menos con seis meses de antelación a aquella fecha, su voluntad de no renovarlo, el contrato se prorrogará necesariamente durante tres años más».
Gastos a cargo del arrendador
Junto a ello, «se establecerá que los gastos de gestión inmobiliaria y de formalización del contrato irán a cargo del arrendador, en los supuestos en los que el arrendador sea una persona jurídica».
Así mismo, Sánchez e Iglesias han acordado que «el derecho del arrendador a recuperar la vivienda antes del plazo legalmente establecido deba estar recogido en el contrato de arrendamiento, de forma que se impulse la estabilidad para el arrendatario y se conozcan de forma transparente las condiciones del contrato».
Por último, «se incluirá la posibilidad de que las Administraciones Públicas competentes ejerzan los derechos de tanteo y retracto cuando la vivienda arrendada se venda conjuntamente con las restantes viviendas o locales propiedad del arrendador que formen parte de un mismo inmueble y cuando se vendan de forma conjunta por distintos propietarios a un mismo comprador la totalidad de los pisos y locales del inmueble».
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