Elecciones Autonómicas 2019

La Junta Electoral impide a Carmena y Errejón acudir a los debates por montar un nuevo partido

La Junta Electoral Central (JEC) no permite a Manuela Carmen e Íñigo Errejón, líderes de Más Madrid, ir a los debates televisados porque considera que se trata de una formación de nueva creación.

íñigo errejón
Carmena y Errejón en su primer acto de Más Madrid. (EFE).

La Junta Electoral Central (JEC) no permite a Manuela Carmen e Íñigo Errejón, candidatos de Más Madrid a la Alcaldía de Madrid y Comunidad de Madrid, respectivamente, ir a los debates televisados porque considera que se trata de una formación de nueva creación. Por ello, y así lo ha dictado, no podrá tener presencia en los medios de comunicación como si este partido que concurre a los comicios del 26-M de manera novedosa lo hubiera hecho en las elecciones autonómicas y municipales de 2015, año en el que la alcaldesa se presentó con Ahora Madrid, confluencia de Podemos en la capital desintegrada en tres candidaturas tras la apuesta de Carmena de ir de solitario.

El órgano electoral ha tomado esta determinación tras el fallo de la Junta Electoral Provincial el pasado 22 de abril debido a una consulta de Telemadrid, así lo ha adelantado El Confidencial. Por su parte, fuentes de Más Madrid indican a OKDIARIO que recurrirán la decisión ante el Tribunal Supremo. 

La Junta Electoral ha basado su decisión en un acuerdo rubricado en 1999 que señala que «los partidos de nueva creación tienen legalmente el tratamiento previsto para las entidades políticas que no concurrieran a las anteriores elecciones equivalentes. Si una entidad política que en las anteriores elecciones concurrió por sí sola concurre en el siguiente proceso electoral formando parte de una coalición, se aplicarían a ésta los resultados obtenidos en las anteriores elecciones por la entidad política coaligada».

A tenor de lo anteriormente cita, la Junta Electoral entiende que Más Madrid no forma parte de ninguna coalición y que, por lo tanto, se le debe dar el tratamiento de novedad, una condición que le despoja legalmente de tener presencia en los medios de comunicación públicos al no tener representación parlamentaria. Por lo tanto, Más Madrid no puede tener la misma presencia en los debates televisados que el resto de partidos de la oposición: PP, PSOE, Podemos o C’s. 

Se trata del mismo fallo de la JEC que dejó fuera de los debates electorales a cuatro a VOX. Actualmente, según el citado organismo, la formación de Santiago Abascal no cumplía con las condiciones para ser considerado un “grupo político significativo”. Según indica el punto 66.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral Central, será considerado grupo político significativo los partidos que “en recientes procesos electorales y en el ámbito territorial del medio de difusión, hayan obtenido un número de votos igual o superior al 5% de los votos válidos emitidos”.

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