Memoria Democrática

El Gobierno prepara un decretazo para obligar a retirar símbolos franquistas con multas de hasta 10.000 €

Se considera falta grave el incumplimiento de la retirada de símbolos y elementos "contrarios a la memoria democrática"

símbolos franquistas

El Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática prepara un real decreto que regule el catálogo de símbolos y elementos franquistas, previsto en la Ley Memoria Democrática. El texto, que se encuentra en consulta pública, tiene como objetivo crear un marco jurídico y establecer un listado con todos los «elementos y símbolos contrarios a la memoria democrática» para su posterior retirada, con multas de hasta 10.000 euros si se incumple la normativa vigente.

«Se ha puesto de manifiesto la necesidad de desarrollar aspectos de la ley por vía reglamentaria, especialmente en lo relativo a la confección del catálogo de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática. Este catálogo es un instrumento esencial para la retirada de aquellos elementos que, de acuerdo con la ley, se consideren contrarios a la memoria democrática y facilita las obligaciones de quienes están llamados a retirarlos, favoreciendo la adecuada colaboración de las administraciones públicas», expone el texto impulsado por el ministerio de Ángel Víctor Torres.

Por este motivo, el Gobierno ha iniciado la consulta pública previa a la redacción de un real decreto que regule el catálogo de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática, previsto en el artículo 36 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre. Este nuevo texto tiene como finalidad desarrollar la Ley de Memoria Democrática. En concreto, en lo referido al artículo 36 confeccionará en colaboración con el resto de las administraciones públicas un catálogo de símbolos y elementos franquistas, al que se incorporarán en todo caso los datos suministrados por las comunidades autónomas, y contendrá la relación de elementos que deban ser retirados o eliminados.

Además, el fututo decreto tiene como objetivo concretar y precisar plazos y trámites para lograr mayor eficacia y seguridad en la puesta en marcha de instrumentos y medidas, así como precisar los elementos a incluir en el catálogo a instancia de otras administraciones o ciudadanos. También detallará el procedimiento para su inclusión y los efectos de la misma, con el fin de poder llevar a cabo las sanciones recogidas en la Ley de Memoria.

Aplicación de multas

La Ley de Memoria Democrática considera contrarios a sus disposiciones las edificaciones, construcciones, escudos, insignias, placas y cualesquiera otros elementos u objetos adosados a edificios públicos o situados en la vía pública en los que «se realicen menciones conmemorativas en exaltación, personal o colectiva, de la sublevación militar y de la dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial».

Asimismo, también tienen consideración de elementos contrarios a la memoria democrática las referencias realizadas en topónimos, en el callejero o en las denominaciones de centros públicos, de la sublevación militar y de la dictadura, de sus dirigentes, participantes en el sistema represivo o de las organizaciones que sustentaron la dictadura, y las unidades civiles o militares de colaboración entre el régimen franquista y las potencias del eje durante la Segunda Guerra Mundial.

La concreción del listado de elementos y símbolos franquistas permitirá la aplicación de las sanciones establecidas en Ley de Memoria. Según dicha norma, se considera falta grave el incumplimiento de la resolución por la que se acuerde la retirada de símbolos y elementos contrarios a la memoria democrática. Se sancionará con multas de entre 2.000 y 10.000 euros.

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