'CASO DAO'

La denunciante del DAO recurre la negativa del juez a ponerle protección: «Hay que evitar intimidaciones»

La denunciante del DAO presenta un escrito de 11 páginas en el que pide la nulidad de la decisión judicial

DAO
José Ángel González, ex DAO, acompañado de sus abogados José Carlos Velasco e Ignacio Fuster-Fabra.
Irene Tabera
  • Irene Tabera
  • Madrid (1996). Periodista de Investigación y Tribunales. Colaboradora en Telecinco, Cuatro y Telemadrid. Graduada en Periodismo por la Universidad Complutense de Madrid y máster en Televisión por la Universidad Católica de Milán. Anteriormente trabajó en Mediaset Italia. Contacto: [email protected]

La denunciante del ex director adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional recurre la negativa del juez a ponerle protección porque considera «que hay que evitar intimidaciones». La defensa de la denunciante del que fuera DAO ha interpuesto un recurso de reforma de 11 páginas, al que ha tenido acceso OKDIARIO, contra el auto que denegó que en el procedimiento por agresión sexual.

Su abogado Jorge Piedrafita pide la nulidad de la resolución judicial y la obligada revocación por insuficiencia de motivación. «La consecuencia jurídica procedente es la nulidad de la resolución por insuficiencia de motivación, con la correlativa revocación de la misma, al no poder mantenerse una decisión judicial cuya fundamentación omite el análisis completo de los requisitos legales y hace imposible el control jurisdiccional efectivo», expone.

La denunciante del que fuera DAO considera que la resolución es «contraria a derecho» por no haber valorado correctamente los requisitos legales exigidos por el artículo 544 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Su defensa considera que se omite la valoración del requisito de indicios pese a ser presupuesto legal y contrae indebidamente la noción de riesgo.

El abogado también expone en el recurso que el juez hizo una valoración errónea de las circunstancias del caso. «La inferencia judicial es errónea porque convierte la falta de contacto reciente en argumento excluyente del riesgo, cuando precisamente la medida interesada —la prohibición de comunicación por cualquier medio— tiene una función esencialmente preventiva: evitar contactos futuros, perturbaciones, intimidaciones indirectas o situaciones de revictimización», explica en el recurso.

Y prosigue: «La pérdida del cargo del investigado tampoco neutraliza automáticamente el riesgo, pues el juicio exigido por la Ley de Enjuiciamiento Criminal no se agota en la persistencia de una posición formal de poder, sino en la valoración conjunta del contexto, de la naturaleza del delito investigado y de la necesidad real de protección de la víctima».

Su abogado pide así la preservación de la seguridad, tranquilidad e integridad psicológica de la denunciante del que fuera el máximo mando uniformado de la Policía Nacional.

Falta de proporcionalidad

La denunciante del DAO también concluye en escrito que, a su juicio, existe una falta de proporcionalidad en la adopción de la medida.

«La medida interesada era solo la de prohibición de comunicación, el juicio de proporcionalidad exigía razonar por qué una restricción tan acotada no era necesaria para preservar la seguridad y tranquilidad de la víctima durante la instrucción», explican.

La denunciante del DAO de baja

Finalmente, el recurso subraya que la denunciante del que fuera DAO «se encuentra de baja psicológica a consecuencia de los hechos» y tuvo que declarar con asistencia de psicóloga, lo que acredita «la existencia como mínimo de un daño psicológico presente que debe ser protegido a futuro».

Por todo ello, se suplica la revocación del auto y la adopción de la prohibición de comunicación, o alternativamente, la práctica de una valoración policial de riesgo actualizada.

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