El Constitucional mantiene su aval a la amnistía de Sánchez a los golpistas tras el recurso del Supremo
La sentencia sobre amnistiar delitos de desordenes públicos cuenta con 4 votos particulares discrepantes
También va a tumbar el recurso de las Cortes de Aragón con la misma doctrina
El Pleno del Tribunal Constitucional ha estimado sólo parcialmente la cuestión de inconstitucionalidad promovida por la Sala Penal del Tribunal Supremo en relación con la Ley de Amnistía, la norma con la que Pedro Sánchez compró su investidura. La resolución, que ha generado un intenso debate en la Corte de Garantías, supone un revés a los magistrados que juzgaron el procés ya que todas sus pretensiones no han sido aceptadas y, por tanto, la ley se mantiene en vigor. En este caso discutían cuestiones sobre amnistiar delitos de desordenes públicos.
La decisión ha contado con los votos particulares en contra de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y César Tolosa. El tribunal avanza que ampliará los argumentos de la sentencia en una nota de prensa que se publicará en las próximas horas.
Esta resolución llega después de que el Constitucional admitiera a trámite el recurso de amparo del expresidente catalán Carles Puigdemont contra la decisión del Tribunal Supremo de no amnistiarle la presunta malversación del procés, lo que le impide regresar a España. El Pleno adoptó esta decisión el pasado 7 de octubre, considerando que el asunto tiene «una especial trascendencia constitucional» y «unas consecuencias políticas generales».
El Constitucional también ha admitido a trámite los amparos solicitados por los ex consellers catalanes Lluís Puig y Toni Comín. Estas admisiones se produjeron con el voto en contra de los magistrados del contraria a Cándido Conde-Pumpido Enríquez, Arnaldo, Espejel y José María Macías.
Malversación del procés
El Supremo decidió no aplicar la Ley de Amnistía a la presunta malversación del procés al considerar que estos hechos encajan en dos excepciones contempladas por la propia norma: que haya «un enriquecimiento personal o beneficio patrimonial» y afectación a los intereses económicos y financieros de la UE.
El Constitucional ya había admitido previamente los amparos formulados por el ex vicepresidente catalán y líder de ERC, Oriol Junqueras, y los ex consellers Raül Romeva, Dolors Bassa y Jordi Turull. Con la admisión de los recursos de Puigdemont, Comín y Puig, quedan todos los amparos en trámite.
Por su parte, presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, indicó el pasado 2 de octubre que le «extrañaría» que «España fuera el único país de la UE» cuyo Parlamento no pudiera aprobar una amnistía. «Aunque ha habido mucha polémica sobre este tema, me extrañaría que España fuera el único país de la UE que no pudiera aprobar su Parlamento una amnistía», declaró en un desayuno informativo.
Conde-Pumpido explicó que casi todos los países de la UE contemplan una amnistía en su Constitución o, si no lo hacen, como en el caso de Alemania, sus Parlamentos la han aprobado. Sin embargo, la estimación parcial de la cuestión de inconstitucionalidad introduce matices significativos en esta equiparación.
Respecto a los plazos, el presidente del Constitucioanal había señalado que la resolución de los amparos a Puigdemont y Junqueras tardaría «varios meses» pero que le gustaría resolverlos «antes de verano». «Difícilmente antes de navidades», precisó, subrayando que en todo caso tardarán «varios meses».
Conde-Pumpido añadió: «Me gustaría decir que antes del verano próximo estén resueltos todos los asuntos (sobre la amnistía) pero es probable que antes del verano próximo yo ya no sea el presidente, así que no lo puedo decir». El mandato del magistrado como presidente caducará el próximo marzo, junto al de María Luisa Balaguer y los conservadores Ricardo Enríquez y José María Macías.
Por otro lado, el Constitucional rechaza tramitar como cautelarísimas las medidas solicitadas por Puigdemont y Comín, al considerar que no concurre una «urgencia excepcional». El Pleno ha decidido tramitarlas como cautelares ordinarias abriendo para ello una pieza separada.
Junqueras y los demás condenados por el referéndum del 1 de octubre de 2017 habían pedido que se les levantara la pena de inhabilitación. Puigdemont y Comín solicitaron que se revocaran las órdenes nacionales de detención que pesan contra ellos. Fuentes jurídicas consultadas por Europa Press avanzan que, si bien es habitual que se interese este tipo de medidas cautelares, es raro que se concedan.
Cuestiones ante Europa
El Tribunal de Justicia de la UE tiene sobre la mesa cuestiones planteadas por el Tribunal de Cuentas, en el caso sobre los gastos y la acción exterior del 1-O; de la Audiencia Nacional, por el delito de terrorismo en el ‘caso CDR’; y dos del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), sobre malversación.
Sobre los dos primeros casos, el TJUE ya ha celebrado vista el pasado julio. El Abogado General de la UE emitirá sus conclusiones el próximo 13 de noviembre, que no son vinculantes pero sí muy influyentes para la resolución definitiva.
El Constitucional preveía dictar dos sentencias sobre la amnistía esta semana, aplicando la doctrina fijada en su primer fallo del pasado junio, que avaló la ley con algunos matices de entidad menor. Una de ellas responde al recurso de inconstitucionalidad presentado por las Cortes de Aragón, con 100 páginas según anticipó Conde-Pumpido. La otra resuelve la cuestión planteada por el Supremo en un caso de desórdenes públicos.
En el recurso aragonés se razona que el hecho de que la ley excluya de su ámbito de aplicación los hechos que afecten a los intereses financieros de la UE «se compadece mal» con «la inclusión en el artículo 1 como amnistiables de determinados delitos de malversación en los que no haya existido propósito de enriquecimiento».
La ponente, la magistrada Laura Díez –del bloque de Pumpido–, había elaborado un primer borrador donde avalaba que la ley amnistiara la malversación cometida con fines independentistas. Sin embargo, el texto no recabó el apoyo mayoritario de sus compañeros, por lo que lo enmendó confeccionando una versión rebajada donde se eliminaron los párrafos más controvertidos.
Aún quedan más de una veintena de asuntos relacionados con la amnistía por resolver, algo que Conde-Pumpido ha calificado de sorprendente, por cuanto «no ha pasado» en toda la historia del organismo. Estos asuntos se irán resolviendo progresivamente en los próximos plenos.
«Los iremos resolviendo poco a poco porque, aunque la doctrina general ya está asentada, cada recurrente puede presentar problemas novedosos», ha expuesto el presidente. Además, ha señalado que así ocurre en el recurso aragonés, donde se pregunta al Constitucional por el delito de malversación.
Mientras los líderes del ‘procés’ se quejan de que no se les ha aplicado la amnistía, otras personas que también han recurrido en amparo, por ejemplo algún policía, combaten que se le haya aplicado a otros. Según Conde-Pumpido, estas últimas impugnaciones tienen «escasas posibilidades» de prosperar.
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