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Confinamiento Madrid: ¿Qué se puede hacer y qué no en las zonas restringidas?

Madrid amplia sus zonas restringidas, un total de 45 completarán este mapa de la ciudad que ha quedado totalmente dividido por el coronavirus.

Confinamiento Madrid: ¿Qué se puede hacer y qué no en las zonas restringidas?
Confinamiento Madrid: ¿Qué se puede hacer y qué no en las zonas restringidas?

Madrid amplia sus zonas restringidas, un total de 45 completarán este mapa de la ciudad que ha quedado totalmente dividido por el coronavirus. La prioridad es asegurar la vida y la salud de las personas que deben mantener su vida normal de trabajo y estudios, aunque reduciendo al máximo su movilidad. Ante tal situación existen dudas sobre lo que se puede hacer o no en las zonas restringidas. Madrid no es el primer lugar de España en aplicar este tipo de medidas, Barcelona hizo lo propio cuando la pandemia se descontroló y Zaragoza también tuvo que restringir la movilidad. Esto será la que se puede hacer o no en las zonas restringidas de Madrid.

¿Qué se puede hacer y qué no en las zonas restringidas de Madrid?

A partir del próximo lunes 28 de septiembre, 8 áreas más se sumarán a los 37 que ya llevarán una semana confinados. Serán más de un millón de personas en 45 zonas de la comunidad de Madrid a los que se les pedirá que salgan de casa lo menos posible.

Se recomienda que todas aquellas personas que vivan en un área de restricciones eviten salir de forma innecesaria a la calle, aunque no están prohibidos los desplazamientos en el interior de las 37 áreas confinadas. Es decir, pueden salir de casa y moverse por su zona, en cualquier caso, sin tener que dar ninguna explicación o ser multado.

Las salidas de las zonas se producirán bajo los supuestos marcados por ley. Ir a trabajar, hacer un examen, estudiar, cuidar a un familiar, realizar tramites con la administración o acudir a una cita médica. Además de motivos de fuerza mayor que puedan suceder durante el confinamiento de la zona que obliguen a salir de ella.

Las tiendas y los establecimientos que no sean de primera necesidad como farmacias o centros veterinarios se verán obligados a cerrar a las 22:00 horas. De igual forma que los bares y restaurantes, de esta manera con el toque de queda se evitará que se esté demasiado tiempo fuera de casa. También están precintados los parques y jardines, no se puede salir a pasear o hacer actividades al aire libre.

Los gimnasios, interiores de locales, bares, restaurantes y tiendas, tendrán un aforo permitido del 50%. De esta forma se garantiza la distancia necesaria, además de estar prohibido tomar algo en la barra, un hecho que ayudará a evitar aglomeraciones. La desinfección de cada local será máxima para garantizar la seguridad de sus usuarios.

El máximo de personas en una terraza o reunión es de 6. Los actos litúrgicos como un velatorio tendrán limitada la asistencia a 15 personas al aire libre o 10 en espacios cerrados para garantizar la correspondiente ventilación y distancia.

El transporte público seguirá activo. Se podrán realizar los correspondientes desplazamientos sin restricciones siempre y cuando estén debidamente justificados. No habrá ningún tipo de restricción en este aspecto, se podrán mover libremente siempre y cuando respeten las normas sanitarias vigentes.

Durante 14 días tendrán que cumplir con una normativa que deberá servir para bajar los contagios. Cualquier persona que incumpla la normativa se enfrenta a sanciones que van entre os 600 y los 600.000 euros.

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