Tras la polémica por los curriculums de los diputados

El Congreso busca un acuerdo para vigilar las declaraciones de rentas y bienes de los diputados

Pedro Sánchez
Imagen del Congreso de los Diputados.
Luz Sela
  • Luz Sela
  • Periodista política. En OKDIARIO desde 2016. Cubriendo la información del Congreso de los Diputados. Licenciada en Periodismo por la Universidad de Santiago de Compostela. Antes, en COPE, ABC Punto Radio y Libertad Digital.

La Comisión del Estatuto del Diputado del Congreso de los Diputados busca un acuerdo de los grupos para verificar las declaraciones de la renta, bienes y actividades de los parlamentarios.

El objetivo es dotar a este órgano de una capacidad de supervisión, que en la actualidad no tiene, y que se hace más necesaria que nunca tras constatarse las irregularidades en los curriculums de determinados cargos públicos.

Los diputados, y senadores están obligados al principio de su mandato a presentar una declaración de actividades -en la que consten, por ejemplo, aquellos trabajos privados que se le autorizan, docencia, derechos por libros publicados, cargos públicos o en el partido- además de una declaración actualizada de sus bienes y rentas. En ésta han de incluirse los ingresos por  salario, dividendos, acciones y otras participaciones, percepciones de cualquier otro tipo, inmuebles en propiedad, depósitos en cuentas corrientes, vehículos, embarcaciones y aeronaves, planes de pensiones y préstamos bancarios.

Fuentes parlamentarias admiten que no existen procedimientos de comprobación y, en su caso, de sanción, lo que en la práctica convierte esa obligación en papel mojado.

De ahí que, en una revisión de las declaraciones -públicas en la web del Congreso- nos encontremos con frecuentes imprecisiones, omisión de datos relevantes o, incluso, cifras llamativas. Por ejemplo, la escasa capacidad de ahorro que revelan las cuentas bancarias, pese al sueldo nada desdeñable de sus ‘señorías’, casi 3.000 euros base más complementos.

Llamativo resulta también que algunos diputados opten por el ‘redondeo’ para informar sobre sus ahorros. Que algunos dejen en blanco lo que les costó su vivienda. O que muchos otros no declaren tener coche, cuando sí lo tienen. Además, los datos no están actualizados: las declaraciones actuales se presentaron en 2016, al inicio de la vigente legislatura.

No es la primera vez que se plantean medidas para vigilar las declaraciones. En teoría, la Comisión del Estatuto del Diputado, podría hacerlo, aunque la ley no concreta sus atribuciones. Simplemente, se establece que puede investigar «hechos, actuaciones o comportamientos en los que los diputados pudieran incurrir en el ejercicio de su actividad política y que puedan representar uso interesado o indebido de su condición».

El presidente de la comisión, el ‘popular’ Leopoldo Barreda, planteó en una de las últimas sesiones de esa comisión que aumentar la capacidad de «supervisión, seguimiento y control» de la comisión es uno de los grandes retos de trabajo.

Se debe, dijo Barreda, establecer «el deber de que las declaraciones sean actualizadas, completas y veraces», investigar «omisiones, falsedades o incumplimientos» y, por supuesto, determinar las «consecuencias y responsabilidades».

Reforma del Reglamento

Las posibles sanciones corresponderían a la Comisión de Reglamento, porque es necesaria una modificación de la normativa.

Actualmente, ese Reglamento recoge como obligaciones -además de presentar la correspondiente declaración- asistir a las sesiones, «respetar el orden, la cortesía y la disciplinaria parlamentarias, así como no divulgar las actuaciones que, según lo dispuesto en aquél, puedan tener excepcionalmente el carácter de secretas», «no invocar o hacer uso de su condición de parlamentarios para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional» y «observar en todo momento las normas sobre incompatibilidades establecidas en la Constitución y en la Ley Electoral».

El capítulo octavo, de disciplina parlamentaria, recoge las sanciones por el incumplimiento. Pero en ningún caso se contemplan los engaños en la información que facilita a la Cámara.

Así, el diputado podrá ser privado de su sueldo -si, por ejemplo, se ausenta de forma «reiterada y notoria» a las sesiones plenarias- o incluso, ser suspendido de forma temporal en su condición de diputado.

Esto ocurriría en el supuesto de que persista en sus incumplimientos, o bien cuando «portare armas dentro del recinto parlamentario», cuando «tras haber sido expulsado del salón de sesiones, se negare a abandonarlo» o cuando invoque o haga uso de su condición de parlamentario para el ejercicio de actividad mercantil, industrial o profesional.

No obstante, el mecanismo de sanción en el Congreso es ciertamente complejo. Un ejemplo reciente fue el intento fallido de algunos grupos de tomar medidas contra los diputados independentistas por sus frecuentes ausencias en pleno órdago independentista.

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