La ola populista pisotea el derecho de propiedad de los bancos

Populismo Cataluña
El populismo empieza atacando la propiedad privada de las empresas, y luego de las personas. (Foto: GETTY)

Bankinter ha decidido poner las cartas sobre la mesa y, sin paliativos, ha criticado la última medida de la alcaldesa de Barcelona, Ada Colau, que consiste en multar a entidades financieras por tener pisos vacíos. Para la líder de la marca blanca que tiene Podemos en la Ciudad Condal, la propiedad privada es algo que se puede violar sin que existan repercusiones. Incluso considera que es un deber obligar a los dueños de los inmuebles (en este caso los bancos) a venderlos o alquilarlos al precio que considere la administración. Todo ello en virtud de una Ley que ha sido diseñada por la Plataforma Antidesahucios (PAH).

Aunque tradicionalmente los responsables de entidades financieras no suelen entrar en cuestiones políticas, la multa que al ayuntamiento de Barcelona ha puesto a doce entidades ha sido la gota que ha colmado el vaso. En Andalucía la consejera comunista Elena Cortés -aliada de Susana Díaz- ya había sancionado a bancos por tener inmuebles desocupados, pero la mancha intervencionista se ha extendido por el resto del España y el sector bancario ha decidido alzar la voz.

La consejera delegada de Bankinter, María Dolores Dancausa, ha calificado de “broma” que se cobre a los bancos porque el uso que dan a sus propiedades no es el que más le guste a la alcaldía. Además, las entidades no tienen esos activos inmobiliarios en sus balances por gusto, sino que proceden de préstamos no pagados -fundamentalmente de promotores y constructores-  que han terminado con embargos tras el pinchazo de la burbuja, tal como ha recordado recientemente la Asociación Española de Banca (AEB).

Los bancos no queremos tener esas casas vacías. Las tenemos porque los clientes no nos han pagado. Si encima hay que pagar por ellas, me parece una broma”, ha explicado Dancausa. Pero la “broma” puede salir cara, ya que existen un centenar de municipios catalanes que han desatado una ola confiscatoria sin precedentes en la historia reciente de España. Su objetivo es que las entidades financieras dediquen estos pisos a “alquileres sociales” para las personas que no pueden acceder al mercado libre.

¿Es legal multar a los bancos por tener pisos vacíos?

Pero ¿realmente las leyes pueden obligar a una entidad física o jurídica a pagar multas por no destinar sus activos a los intereses del gobierno de turno? La respuesta es sí, aunque con matices.

La Constitución Española no protege el derecho de propiedad en términos absolutos. Aunque está incluido en el Título I no tiene un carácter de primera categoría, sino que se establece en una sección (la de “derechos y deberes de los ciudadanos”). Además, el artículo 33 que hace referencia a este derecho establece una serie de limitaciones a ejercerlo, como es la “función social”. Este término de es un indeterminado y ambiguo, lo cual permite que el gobernante de turno pueda concretar esta proclamada “función social” cuando así lo decida.

Precisamente para cumplir esta “función social” están las expropiaciones, que se regulan en el Código Civil, que establece que «nadie podrá ser privado de su propiedad sino por Autoridad competente y por causa justificada de utilidad pública, previa siempre la correspondiente indemnización”. Este no es el caso de las sanciones a los bancos por tener pisos vacíos, ya que en lugar de retirar la propiedad de las viviendas y pagar a las entidades por ello, se pretende dirigir el uso de esos bienes hacia objetivos políticos.

Vía contencioso-administrativa

Esto no quiere decir que los bancos no puedan recurrir a la vía contencioso-administrativa para defender sus derechos, algo que ya han comenzado a hacer. Queda en manos de los jueces determinar la legalidad de las sanciones, aunque algunos, como la titular del juzgado contencioso-administrativo número 10 de Barcelona considera justificadas las sanciones.

Esta magistrada fue la encargada de resolver un recurso de Bankia contra una multa impuesta por el ayuntamiento de Terrasa, por tener una vivienda vacía durante dos años. La juez Virginia de Francisco expone en su sentencia que la pretensión de la entidad financiera no puede prosperar porque, “de conformidad con las inspecciones practicadas y comprobaciones realizadas”, ha quedado demostrado que el piso estaba deshabitado “de forma permanente e injustificada”. Por lo tanto, considera la juez Virginia de Francisco que el “interés social” prima sobre el derecho a la propiedad privada.

Fuentes jurídicas consultadas por Ok diario creen que se avecina una gran batalla en los juzgados si los bancos se deciden a interponer ese tipo de recursos. A su juicio “en la mayoría de las ocasiones las entidades financieras pueden lograr que sus alegaciones contra las sanciones lleguen a buen puerto”, pero siempre dependerá de la decisión del juez concreto que dicte sentencia.

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