Si cobras la pensión de viudedad tienes que estar alerta: estos son los motivos por los que te la pueden quitar
Razones por las que te pueden quitar la pensión de viudedad
Desde el pasado 1 de enero del presente año, la prestación contributiva destinada a aquellos que quedan viudos tras el fallecimiento de sus cónyuges ha experimentado un incremento. Sin embargo, para acceder a esta ayuda económica, se deben cumplir una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social.
El propósito fundamental de la pensión de viudedad, gestionada por la Seguridad Social, es proporcionar un respaldo económico a las personas que han perdido a sus esposas o esposos. Para acceder a esta prestación contributiva, es necesario cumplir varios criterios, siendo el principal haber mantenido una relación matrimonial o haber sido pareja de hecho. Aunque se trata de un subsidio vitalicio, existen cinco situaciones en las que el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) podría decidir retirarla. No obstante, se deben tener en cuenta ciertas excepciones.
En consecuencia con la última reforma de pensiones, la prestación por viudedad ha experimentado un aumento desde el 1 de enero de 2024. Esta decisión fue aprobada por el Gobierno de España a finales de 2023, bajo la iniciativa del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. La revalorización se basó en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) interanual, abarcando desde diciembre de 2022 hasta noviembre de 2023.
Pérdida de la pensión de viudedad
La pensión de viudedad tiene como objetivo prevenir la pobreza y la exclusión social de aquellos que han perdido a sus cónyuges. Sin embargo, la Seguridad Social tiene la facultad de determinar la suspensión de su percepción. En la Sede Electrónica, es posible revisar los cinco motivos por los cuales un beneficiario de esta prestación podría perder el derecho a seguir recibiendo la misma, detallados a continuación:
- Contraer un nuevo matrimonio o tener una pareja de hecho.
- Ser declarado culpable, mediante sentencia firme, en la muerte del causante de la pensión.
- Fallecimiento de la persona que percibe la pensión.
- Comprobación de que el causante de la pensión no ha fallecido.
- Condena, mediante sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas o de lesiones, cuando la afectada fuera la causante de la pensión, a menos que haya mediado reconciliación entre ellos.
A pesar de que uno de los motivos para que el INSS retire la pensión de viudedad sea el contraer matrimonio nuevamente o formar una pareja de hecho, existen excepciones que permiten seguir recibiendo esta prestación social:
- Tener más de 61 años.
- Ser menor de 61 años y contar con una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, o demostrar una discapacidad superior al 65%.
- Que la pensión de viudedad sea la principal o única fuente de ingresos del pensionista, representando al menos el 75% del total de ingresos anuales.
- En el caso de matrimonio o pareja de hecho, los ingresos anuales no deben superar dos veces el importe del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) vigente en cada momento.
Cómo solicitar la prestación
Para mantener la pensión de viudedad, no solo se imponen condiciones al cónyuge superviviente, sino que este debe cumplir con ciertos requisitos para que su pareja pueda recibir dicha ayuda, la cual es compatible con otras prestaciones. Además de haber mantenido un vínculo matrimonial o haber sido pareja de hecho en el momento del fallecimiento del cónyuge, es crucial que este haya estado dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y haya cotizado al menos 500 días en los últimos cinco años. Por tanto, esta pensión solo puede ser recibida por aquellos integrados en el Régimen General de la Seguridad Social, con un periodo mínimo de cotización de 15 años en el caso de no estar dado de alta.
La pensión de viudedad se erige como un importante respaldo económico para aquellos que enfrentan la pérdida de su cónyuge, proporcionándoles estabilidad financiera en tiempos difíciles. Sin embargo, la rigurosidad de los requisitos y las circunstancias que pueden dar lugar a la pérdida de esta prestación resaltan la importancia de comprender a fondo las normativas y mantenerse informado sobre posibles cambios en la legislación vigente.
La variabilidad en las cuantías de la pensión, ajustadas en base al Índice de Precios al Consumo (IPC) interanual, subraya la necesidad de adaptarse a las dinámicas económicas para garantizar una protección efectiva a quienes enfrentan la adversidad de la viudez.
En este contexto, resulta esencial que la sociedad y los beneficiarios de la pensión de viudedad estén al tanto de las excepciones que permiten mantener el derecho a esta prestación, especialmente aquellas relacionadas con el establecimiento de nuevas uniones matrimoniales o parejas de hecho. La existencia de salvaguardias, como la edad avanzada del beneficiario o la presencia de discapacidades, demuestra la sensibilidad del sistema hacia situaciones excepcionales que podrían afectar la estabilidad económica de los viudos y viudas. Estas excepciones revelan la importancia de un enfoque equitativo y compasivo en la aplicación de las normativas relacionadas con la pensión de viudedad, reconociendo las diversas realidades y necesidades de quienes dependen de esta ayuda para mantener su calidad de vida.
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