El SEPE tiene buenísimas noticias: llega una nueva ayuda de 600 euros que te va a salvar
Con la entrada del mes de marzo, el SEPE ha anunciado una nueva ayuda que ofrece un subsidio de hasta 600€ dirigido específicamente a los trabajadores del sector artístico. Este sector abarca diversas disciplinas creativas, como las artes escénicas, audiovisuales y musicales, e incluye a actores, músicos, bailarines, directores de cine, guionistas y técnicos de sonido, entre otros.
La nueva ayuda del SEPE tiene como objetivo brindar un apoyo económico esencial a los trabajadores del sector artístico que se enfrentan a desafíos únicos en el mercado laboral. Esta iniciativa busca respaldar a quienes se encuentran desempleados en áreas creativas y culturales, proporcionándoles el apoyo necesario.
Nuevo subsidio para los artistas del SEPE
La ayuda proporcionada por el SEPE se estructura en pagos mensuales de 480 euros a lo largo de 120 días. No obstante, si el promedio diario de cotización supera los 60 euros, el beneficiario recibirá la totalidad de la ayuda, alcanzando así los 600 euros mensuales. Es crucial subrayar que esta cifra no varía en función de si el solicitante tiene hijos a su cargo.
Sin embargo, no todos pueden acceder a esta ayuda. Para ser elegible, se deben cumplir ciertos requisitos establecidos rigurosamente por el SEPE. En primer lugar, es imprescindible haber cotizado al menos 60 días en los últimos 18 meses en los sectores específicos de las artes escénicas, audiovisuales y musicales. Este periodo de cotización refleja la actividad laboral reciente del solicitante en estos campos, demostrando así su participación activa en la industria artística.
En caso de no cumplir con esta condición, hay una alternativa: haber cotizado al menos 180 días en los últimos 6 años antes de quedar desempleado. Esta disposición brinda la oportunidad a aquellos con una trayectoria laboral más dispersa en el sector artístico de acceder a la prestación, incluso si su actividad no ha sido continua en los últimos meses.
Además de los requisitos de cotización, es fundamental tener en cuenta que los solicitantes no pueden estar recibiendo ninguna otra prestación contributiva ordinaria por desempleo o seguridad social derivada de cotizaciones previas en el régimen general. En caso de ser elegible para una prestación contributiva ordinaria, el solicitante deberá renunciar a ella para poder acceder a esta ayuda especial del SEPE destinada al sector artístico.
El proceso para solicitar esta ayuda puede llevarse a cabo a través de la Sede Electrónica del SEPE, seleccionando el trámite «Solicitud de prestación contributiva (alta o reanudación)» y especificando que se trata de la «Prestación especial de artistas». Asimismo, existe la opción de solicitarla de manera presencial, previa cita, en una oficina de prestaciones del SEPE.
Es importante destacar que, si bien esta ayuda es compatible con los derechos de imagen y de propiedad intelectual, es incompatible con el trabajo por cuenta propia o ajena, así como con otras prestaciones y ayudas sociales.
Ayudas para desempleados de entre 30 y 55 años
Las personas desempleadas, con edades comprendidas entre los 30 y los 55 años, que hayan agotado su prestación por desempleo tienen a su disposición diferentes ayudas en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), las cuales podrían permitirles percibir casi 500 euros mensuales, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
En primer lugar, es importante destacar que la condición común a todas estas ayudas es que los beneficiarios no pueden recibir ingresos que superen los 723,75 euros mensuales, equivalente al 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).
Una de estas ayudas es la ayuda por cargas familiares, la cual está destinada a aquellos solicitantes que hayan agotado el paro y tengan hijos menores de edad o mayores con una discapacidad igual o superior al 65%. Además, se requiere suscribir un compromiso de actividad.
La duración de esta ayuda varía dependiendo del tiempo que se haya percibido la prestación contributiva por desempleo y la edad del solicitante, siendo de 18 meses para menores de 45 años que hayan cobrado el paro durante 4 meses, y aumentando hasta 30 meses para aquellos mayores de 45 años que hayan cobrado el paro durante más de 4 meses.
Otra opción es el subsidio para mayores de 45 años, el cual, como su nombre indica, está dirigido a personas de esa edad que no cuenten con cargas familiares. Este subsidio tiene una duración máxima de 6 meses sin posibilidad de prórroga.
Para los desempleados mayores de 52 años que hayan agotado el paro y carezcan de renta, existe el subsidio para mayores de 52 años, que asciende a 480 euros mensuales. Sin embargo, debido al voto negativo de Podemos en el Congreso, no se prevé un aumento en la cuantía de esta prestación para junio de 2024.
A su vez, está la Renta Activa de Inserción (RAI), disponible para aquellos que hayan agotado todas las ayudas anteriores y tengan menos de 52 años. Esta ayuda puede percibirse durante un máximo de 33 meses.
Finalmente, el SEPE ofrece el subsidio extraordinario por desempleo, dirigido a personas que hayan agotado las otras ayudas, incluida la Renta Activa de Inserción, y cumplan con los requisitos establecidos.