SEGURIDAD SOCIAL

Las Seguridad Social te da esto gratis si tienes hijos menores de 26 años y cumples este requisito

La Seguridad Social informa de este beneficio con hijos menores de 26 años

Aviso de la Seguridad Social a padres con hijos menores de 26 años sobre la Asistencia Sanitaria
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En respuesta a la creciente preocupación derivada de la propagación de enfermedades como la gripe A, resfriados y el coronavirus, la Seguridad Social ha emitido un comunicado dirigido a todos los padres y madres que tienen hijos menores de 26 años a su cargo. El propósito de este aviso es informar sobre los derechos y obligaciones en relación con la asistencia sanitaria gratuita. En medio de la incertidumbre sobre si los jóvenes que no trabajan ni estudian tienen derecho a este beneficio, la Seguridad Social busca aclarar las condiciones que deben cumplirse para acceder a la asistencia médica sin costo.

La base legal que respalda el derecho a la asistencia sanitaria gratuita para hijos menores de 26 años se encuentra en la Ley General de la Seguridad Social. Según esta normativa, los hijos menores de 26 años tienen el derecho de ser beneficiarios de sus padres en materia de salud, siempre y cuando se cumplan dos condiciones esenciales:

  • Edad inferior a 26 años: Para mantener el derecho a la asistencia sanitaria gratuita, los hijos deben ser menores de 26 años. Este límite de edad establece un marco temporal dentro del cual pueden recibir cobertura de salud como parte de la unidad familiar.
  • Ingresos propios no superiores al salario mínimo interprofesional (SMI): Además de la restricción de edad, se establece que los hijos no deben tener ingresos propios superiores al salario mínimo interprofesional. Esta condición garantiza que aquellos que ya están empleados o reciben prestaciones económicas individuales no mantengan el estatus de beneficiarios de sus padres.

Cómo recuperar la asistencia sanitaria

Cuando los hijos dejan de trabajar o de percibir prestaciones económicas y continúan siendo menores de 26 años, tienen la posibilidad de recuperar el derecho a la asistencia sanitaria como beneficiarios de sus padres. Para lograr esto, es crucial seguir ciertos pasos y cumplir con los requisitos establecidos:

  • Acceder a la Sede Electrónica de la Seguridad Social o al portal ‘Tu Seguridad Social’: Los padres deben utilizar medios electrónicos para realizar esta gestión. Ingresar a la Sede Electrónica de la Seguridad Social o al portal ‘Tu Seguridad Social’ es el primer paso. Se requiere certificado digital, DNIe o Cl@ve PIN para llevar a cabo el proceso en línea. En caso de no disponer de estos medios de identificación, la alternativa es acudir presencialmente a una oficina de la Seguridad Social.
  • Seleccionar la opción ‘Volver a incluir a un beneficiario anterior’: Una vez dentro de la plataforma, los padres deben buscar y seleccionar la opción que les permita volver a incluir a un beneficiario anterior. Esta función suele estar claramente identificada en el menú o área de gestiones familiares.
  • Rellenar el formulario y adjuntar documentación: Los padres deben completar un formulario con los datos del hijo que desean incluir nuevamente como beneficiario. Además, se requiere adjuntar documentación que acredite la situación de desempleo o inactividad del hijo. Esto puede incluir el certificado de empresa, el informe de vida laboral o el justificante de baja de estudios.
  • Confirmar la solicitud y esperar la resolución: Después de realizar la solicitud, es necesario confirmarla y aguardar la resolución de la Seguridad Social. La comunicación de la decisión se realizará por correo electrónico o mensaje de texto (SMS).

Ventajas de la Sanidad Pública

Ser beneficiario de la sanidad pública implica una serie de beneficios y acceso a servicios médicos sin la necesidad de realizar pagos adicionales. Las ventajas incluyen:

  • Atención primaria y especializada: Acceso a servicios médicos básicos y especializados.
  • Urgencias: Cobertura en situaciones de emergencia.
  • Pruebas diagnósticas y tratamientos: Realización de pruebas médicas y tratamientos sin costos adicionales.
  • Intervenciones quirúrgicas: Acceso a procedimientos quirúrgicos cuando sea necesario.
  • Medicamentos y productos sanitarios: Obtención de medicamentos y productos sanitarios sin gastos adicionales.

Ser beneficiario de la sanidad pública también implica la obtención de la tarjeta sanitaria individual. Esta tarjeta es un documento que acredita el derecho a la asistencia sanitaria y facilita la identificación y el acceso a los servicios médicos. Puede solicitarse en las oficinas de la Seguridad Social o a través de la Sede Electrónica o el portal ‘Tu Seguridad Social’.

Colectivos con Asistencia Sanitaria

Además de los hijos menores de 26 años desempleados, existen otros colectivos que tienen derecho a acceder de forma gratuita a los servicios sanitarios públicos en España. Según la normativa vigente, incluyen:

  • Personas dadas de alta y que cotizan en regímenes contributivos: Trabajadores por cuenta ajena o por cuenta propia.
  • Pensionistas de la Seguridad Social: Tanto contributivos como no contributivos.
  • Desempleados con prestación o subsidio: También aquellos en situación legal de desempleo sin ayuda económica.
  • Beneficiarios de los anteriores: Cónyuges o parejas de hecho, excónyuges beneficiarios de la pensión compensatoria, hijos menores de 26 años que no trabajan, o mayores de 26 con un porcentaje de minusvalía mayor al 65%.
  • Personas con residencia legal en España: Ciudadanos españoles, de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, así como ciudadanos de países con los que España tiene convenios de seguridad social, acuerdos de cooperación sanitaria, refugiados y solicitantes de asilo.
  • Personas con residencia irregular en España: Sujetas a requisitos de empadronamiento, carencia de recursos económicos y ausencia de cobertura por otro sistema de protección social.
  • Menores de edad bajo tutela del Estado o en situación de desamparo.
  • Víctimas de terrorismo y sus familiares.
  • Víctimas de violencia de género

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