Santander y Openbank firman ya desde este viernes las hipotecas asumiendo el pago de impuestos
Las dos marcas bancarias del grupo Santander asumen desde ya el impuesto de Actos Jurídicos Documentados
Otras entidades no confirman por el momento
El principal grupo bancario español, Grupo Santander, ha dado órdenes en la mañana de este viernes a los notarios de empezar a asumir el pago del impuesto de Actos Jurídicos Documentados que afecta a las hipotecas, tal y como ha conocido este periódico de fuentes notariales y ha podido confirmar con el propio banco.
Santander, de este modo, es el primer banco español en hacer oficial este cambio de criterio con la firma de hipotecas desde la mañana siguiente a la sentencia del Tribunal Supremo de este pasado jueves en la que la sala Contencioso-Administrativa ha señalado que son los bancos y no los clientes quienes deben abonar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (entre el 0,5% y el 1,5% dependiendo de la comunidad autónoma).
Según ha podido saber este diario, tanto Banco Santander como Openbank, su marca de banca online, han aplicado esta nueva medida.
Santander tiene que devolver 221 millones por el cambio de doctrina del Tribunal Supremo, según los analistas de KBW Research, siendo el tercer banco más afectado.
Otros bancos no confirman que seguirán
Consultados los otros bancos sobre este caso y si seguirán al banco presidido por Ana Botín, la respuesta ha sido que aún no está decidido, como por ejemplo en el caso de Caixabank. Algunas entidades consideran que se acabará haciendo, tal y como se hizo en otras sentencias anteriores «como cláusulas suelo, donde en cuanto sale una sentencia se aplica automáticamente».
En el caso de BBVA, se confirma que se va a cumplir la nueva sentencia pero sin especificar si se ha informado a las notarías desde ya mismo de que cambien el impuesto.
Fuentes jurídicas consultadas consideran que aún hay una cierta incertidumbre que debería de aclararse en los próximos días y que no es necesario precipitarse en presentar demandas. De hecho, aquellos que litigaron por el impuesto de actos jurídicos documentados durante estos años anteriores y llegaron al Supremo, difícilmente podrán recuperar el impuesto al tratarse de una cosa ya juzgada y no ser posible una revisión de la misma tras sentencia firme. En este punto, ir los primeros no ha sido necesariamente positivo.
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