Declaración de la Renta

Renta 2023: hoy termina el plazo para la declaración con domiciliación bancaria

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Oficina de la Agencia Tributaria.

Último día. La fecha límite para presentar las declaraciones de la Renta y Patrimonio 2023 con resultado a ingresar con domiciliación bancaria finaliza este miércoles, 26 de junio, mientras que este viernes, día 28, será el último día para solicitar cita previa para atención telefónica o en oficinas, según figura en el calendario de la Agencia Tributaria.

Por su parte, el plazo de presentación de declaraciones finalizará el 1 de julio para declaraciones tanto a ingresar como a devolver, si bien para las declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria el límite es hoy.

Este año, la Agencia Tributaria prevé ingresar 18.908 millones de euros en la Campaña de Renta 2023 que arrancó el pasado mes, un 12,2% más respecto al ejercicio anterior, mientras que el importe a devolver a los contribuyentes será un 1,8% inferior, con 11.650 millones.

Respecto a las previsiones, en esta campaña del IRPF se presentan un total de 23.281.000 declaraciones, un 1,2% más que el año anterior. De ese total, se prevé que den derecho a devolución casi un 63% de ellas, es decir 14.614.000, un 3% menos, -por un importe estimado de 11.650 millones de euros-.

¿Quiénes no están obligados a declarar?

No están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador, o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.

Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros. Por otra parte, desde la Agencia Tributaria recuerdan que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el ingreso.

Renta para mayores de 65

La principal novedad de esta campaña ha sido la de un nuevo plan especial para la confección y presentación de la declaración de la Renta dirigido a personas mayores de 65 años que residan en pequeños municipios y tengan su domicilio fiscal en ellos.

Con esta iniciativa, la Agencia Tributaria busca avanzar hacia un modelo de asistencia que integre todas las modalidades de atención al público según las necesidades de cada servicio y momento. Además, se mantiene una sensibilidad especial hacia el colectivo de personas mayores, en línea con el protocolo firmado con la Plataforma de Mayores y Pensionistas.

Por otro lado, y en caso de que la declaración de la renta tenga un resultado de cero es que el ciudadano en cuestión está al día de sus pagos con Hacienda y ni tendrá que pagar ni le devolverán nada. Otra cosas sucede cuando aparece una cifra positiva en el documento, ya que quiere decir que tendrás que ajustar cuentas con la Agencia Tributaria. En caso de que se dé esta situación se puede fraccionar el pago en dos ocasiones. De esta forma, y antes de que acabe el año, Hacienda «recogerá» de tu cuenta corriente la cantidad.

Por el contrario, hay otros españoles que recibirán una buena noticia y será en el caso de que el documento aparezca una cifra negativa. En este caso, la declaración de la renta sale a devolver y Hacienda tendrá hasta finales de año para ponerse al día con el pago si no tendrá que pagar intereses. Lo habitual es que, aunque llegue con demora, los que queden más rezagados cobren el dinero correspondiente sobre el mes de diciembre.

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