Renta 2018

Renta 2018: ¿puedo aplazar o fraccionar el importe que salga a pagar de mi declaración?

La respuesta es afirmativa, explica el autor. Esto son los pasos a seguir y las ventajas de hacerlo.

Renta 2018: ¿puedo aplazar o fraccionar el importe que salga a pagar de mi declaración?
Renta 2018.

Antes de ver cómo se puede realizar el pago de nuestra declaración, cabe responder a esta cuestión afirmativamente, destacando que en caso de fraccionamiento no se abonarán intereses de demora, pero sí en el caso de solicitar el aplazamiento.

Cómo y cuándo solicitar el fraccionamiento

En el caso de que la declaración tuviera un resultado a  ingresar podremos, bien domiciliar el ingreso o, en su defecto, obtener una carta de pago en el momento de su presentación. Es en este momento cuando debamos optar por el fraccionamiento, en los plazos habituales e importes habituales:

Primer plazo: 1 de julio de 2019 el 60%

Segundo plazo: 5 de noviembre de 2019 el 40%

Importante: el contribuyente no puede acogerse en el momento de la presentación de la declaración, al fraccionamiento de pago y, a su vez, solicitar el aplazamiento o fraccionamiento del primer plazo, pues ambos mecanismos de aplazamiento/fraccionamiento no resultan aplicables de forma simultánea en este caso.

Aplazamiento

Si estamos haciendo la declaración desde el Servicio de tramitación borrador / declaración (Renta WEB) de la Agencia Tributaria, podemos solicitar el aplazamiento desde la selección del modo de pago elegido. Así tendremos que seleccionar la opción “otros medios de pago”, abriéndose un formulario en el que tendremos que hacer la propuesta de pago a nuestra medida. No obstante la Agencia Tributaria nos tendrá que emitir una resolución afirmativa o negativa sobre la misma.

Las otras dos formas para solicitar el aplazamiento son:

  • Por Internet, en la Sede electrónica «https://www.agenciatributaria.gob.es/», dentro de los “Trámites destacados”, en la opción “Aplazamiento y fraccionamiento de deudas”, utilizando:
        • Cl@ve PIN
        • Certificado electrónico o DNI-e
  • Personalmente en las oficinas de la Agencia Tributaria, al tiempo de presentar la declaración

 

Luis Guirado Pueyo, es miembro del Gabinete de Estudios de la Federación Española de Asociaciones Profesionales de Técnicos Tributarios y Asesores Fiscales (FETTAF)

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