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¿Quién puede solicitar el permiso parental de 8 semanas y cuándo entra en vigor?

permiso parental de 8 semanas
¿Quién puede solicitar el permiso parental de 8 semanas y cuándo entra en vigor?

La nueva Ley de Familias está en boca de todos desde que fue aprobada por el Consejo de Ministros gracias a lo interesante de contenido, por ejemplo en lo que a permisos para el cuidado de familiares se refiere, entre otros. Si quieres solicitar el permiso parental de 8 semanas, sigue leyendo y te damos los detalles para que sepas quién puede solicitarlo y cuándo entra en vigor.

Cómo solicitar el permiso parental de 8 semanas

Entre los permisos que se pueden solicitar gracias a la nueva Ley de Familias se incluye el permiso parental de 8 semanas, un permiso retribuido específicamente creado para el cuidado de los hijos. Uno de los datos más interesantes sobre este permiso es que se podrá disfrutar de forma continua o discontinua, ya sea a tiempo completo o en régimen de jornada a tiempo parcial. Podrán optar a él todas las personas trabajadores, sean hombres o mujeres, que requieran ese tiempo para el cuidado de un hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en el que cumpla 8 años.

La persona que quiera disfrutar de este permiso deberá comunicarlo a la empresa y especificar la fecha de inicio y fin del disfrute, siempre con una antelación mínima de 10 días o la concretada de forma específica en cada convenio colectivo. Es importante destacar que este permiso amplía el de 16 semanas retribuidas que ya estaba, y aunque en un principio el de 8 semanas no iba a ser retribuido, finalmente sí lo será. Este permiso parental de 8 semanas será de 6 semanas en 2023 y ya de 8 semanas en 2024, y ya está en vigor desde su publicación en el BOE el pasado 14 de abril.

Otros permisos de la Ley de Familias

En esta nueva Ley de Familias figuran también otros dos permisos muy interesantes:

  • Cinco días retribuidos al año para cuidar a un familiar de hasta segundo grado o a un conviviente, tenga o no relación de parentesco.
  • Permiso de cuatro días retribuidos al año por ausencia por fuerza mayor familiar.

Además, esta ley marca un nuevo reconocimiento jurídico para los distintos tipos de familia, con protección para las familias LGTBI, para las que tengan algún miembro con discapacidad y para las múltiples, acogedoras o adoptivas. También se protegerá el derecho de niñas, niños y adolescentes a la información y a la participación en actividades sobre diversidad familiar en el marco educativo.

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