Puedes recibir 480 euros pese a tener trabajo: cómo hacerlo
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La gran mayoría de ayudas que ofrece la Seguridad Social están dirigidas a personas con bajos recursos o que no tienen trabajo. En el caso de las prestaciones por desempleo, tal y como su propio nombre indica, se dejan de otorgar una vez el beneficiario encuentra trabajo. Sin embargo, existe una excepción en la que puedes recibir 480 euros pese a tener trabajo. A continuación te explicamos cuáles son los requisitos para obtenerla.
Subsidio para mayores de 52 años
Se trata del subsidio para mayores de 52 años que no tienen trabajo y han agotado la prestación del paro, publicado el 12 de marzo de 2019 en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el Real Decreto-ley 8/2019
de medidas urgentes en materia de protección social.
La ayuda es de 480 euros mensuales, que se pueden cobrar hasta el momento de la jubilación. Una de las principales ventajas de ofrece es que puede cotizar para la pensión. Además, los mayores de 52 años pueden recibirla mientras están trabajando, siempre y cuando tengan ingresos inferiores al 75% del Salario Mínimo Interprofesional, que actualmente corresponde a 750 euros.
Otros de los requisitos exigidos para recibir la ayuda son: no percibir rentas adicionales, haber cotizado entre 90 y 359 días y, en caso de no tener trabajo, estar inscrito como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
¿Cómo se puede compatibilizar el sueldo?
La Seguridad Social ha señalado cuáles son las condiciones para compatibilizar la ayuda con la percepción de un sueldo. Para ello, el trabajador debe tener un contrato que puede ser temporal, indefinido o a tiempo completo. En cualquier caso, la duración tiene que ser superior a los tres meses.
En esta situación, mientras el contrato laboral esté en vigor, la compañía tiene la obligación de completar el importe de la ayuda recibida hasta el importe del salario. Además, la empresa tendrá que cotizar por el total del sueldo, incluida la ayuda.
Los beneficiarios deben presentar el contrato en las oficinas del SEPE y, si cumplen todos los requisitos, se les volverá a otorgar la ayuda, pero con una reducción del 50%. Por lo tanto, percibirán 240 euros mensuales.
La Seguridad Social aclara que la compatibilidad entre el trabajo y la ayuda no es aplicable a los contratos que están subvencionados por el SEPE o a los contratos de inserción.
Y, por último, cabe señalar que si el trabajo finaliza antes de los 360 días, es posible pedir la reanudación del subsidio. Pero su dura más es posible pedir una prestación contributiva en lugar de la renovación de la ayuda.
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