Palo de Hacienda: la multa que te caerá si haces esto con la cuenta del banco de tus hijos
Hacienda puede imponer una multa a los padres que compartan una cuenta con sus hijos
Hacienda anda ojo avizor a los movimientos de dinero de todos los ciudadanos y también a las transferencias de los padres a los hijos. Cuando estas cantidades superan ciertos límites, la Agencia Tributaria puede intervenir, ya que se considera como una donación y pueden estar sujetas al impuesto. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre la decisión de Hacienda de imponer una multa a los padres que compartan una cuenta del banco con su hijo.
María Jesús Montero y su Ministerio de Hacienda se han propuesto en este 2025 poner el foco en los movimientos de dinero de los ciudadanos. Todo con el objetivo de evitar el fraude fiscal y evitar que algunas donaciones estén sujetas al famoso impuesto de sucesiones y donaciones, que tanto persigue el Gobierno de Sánchez. Por ello, las transacciones de dinero que superen ciertos límites serán motivo de estudio de la Agencia Tributaria, que abrirá una investigación y podría llevar a cabo un requerimiento para obtener una justificación.
La Ley General Tributaria obliga a todos los bancos a poner en conocimiento de Hacienda todos los movimientos de dinero superiores a 3.000 euros o cuando haya un billete de 500 de por medio. También tendrá que avisar a la Agencia Tributaria cuando haya préstamos o créditos de 6.000 euros de por medio. A partir del año 2026, desde el fisco podrán tener acceso a todos los movimientos, independientemente de la cantidad, cuando de por medio esté una empresa o un autónomo.
La multa de Hacienda por compartir una cuenta del banco
Hacienda puede imponer una multa porque los padres compartan una cuenta del banco con un hijo. Según informa El Economista, Hacienda, amparándose en la Ley General Tributaria y en la Ley 29/1987 que hace referencia al impuesto de sucesiones y donaciones, puede imponer una multa a los padres que compartan una cuenta con su hijo si considera que existen indicios de delitos o donaciones fraudulentas.
En caso de superar ciertos límites en los movimientos de dinero entre padres e hijos, habría que presentar como es debido el modelo 651 ante la comunidad autónoma correspondiente. En caso de no hacer esta acción y que Hacienda los considere como una donación no declarada, se podría aplicar una sanción que iría del 50% al 150% de la cantidad no declarada. Según el importe, la sanción será de carácter leve, grave o muy grave, que puede derivar en multas de hasta 150.000 euros. El mismo medio cita que la multa en caso de traspasos de entre 5.000 o 6.000 euros entre padres e hijos podría llegar hasta los 3.000 euros.
Hay que recordar que en las comunidades autónomas que gobierna el Partido Popular, el impuesto de donaciones y sucesiones en el caso de padres a hijos está bonificado al 99%, por lo que la cantidad a pagar sería simbólica.
Lo que dicen los expertos
«Si la Agencia Tributaria ve disminuciones en una de las cuentas e incrementos en otra, puede ser motivo de delito», cuenta en la COPE Pilar García de la Granja, experta en economía de la materia de esta cadena. Por ello, en caso de no declarar de forma debida el traspaso de estas cantidades, la Agencia Tributaria «podría exigir el pago del impuesto correspondiente y además añadir intereses por no haberlo hecho correctamente en el primer momento».
Así que lo más recomendable en el caso de que haya movimientos entre padres e hijos de cantidades elevadas es declararlo de forma correcta a través del modelo 671. En caso de cantidades que superen los 3.000 euros, los bancos tendrán que avisar de los movimientos a Hacienda y ahí se iniciará una investigación que puede acabar con una multa económica de entre el 50% y el 150% de la cantidad defraudada.
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