Es oficial: las personas nacidas entre 1960 y 1970 cumplen con los años cotizados para cobrar el 100% de la jubilación
Los nacidos entre 1960 y 1970 afrontan cambios clave para cobrar el 100% de la jubilación
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Los nacidos en los años 60 se encuentran ahora en que para muchos la jubilación ya ha llegado, mientras que para otros está a la vuelta de la esquina y los más jóvenes de esta generación todavía tendrán que esperar unos años. Pero en todos los casos aparece la misma duda y tiene que ver con los años que deben figurar en la vida laboral para retirarse con el 100% de la pensión.
La respuesta depende de las cotizaciones acumuladas y no únicamente de la edad. Además, 2026 es un año peculiar porque nos encontramos prácticamente al final del calendario que ha ido retrasando la jubilación desde 2013. Todavía se aplican unos requisitos que volverán a cambiar el próximo enero así que en este punto conviene separar dos cifras. 36 años y seis meses cotizados permiten alcanzar en 2026 el 100% de la base reguladora. Pero 38 años y tres meses, en cambio, sirven para otra cosa: poder jubilarse a los 65 años sin esperar hasta los 66 años y diez meses.
Las personas nacidas entre 1960 y 1970 podrán cobrar el 100% de la jubilación
Una parte de la generación entre los 60 y comienzos de los 70 se encuentra precisamente ahora ante esa situación. En concreto, las personas nacidas en 1961 cumplen ahora 65 años pero tener esa edad no basta para acceder inmediatamente a la jubilación ordinaria sino que la vida laboral marca la diferencia. De este modo, si se tiene 38 años y tres meses o más cotizados, los 65 años son suficientes. En cambio debajo de ese periodo, la edad ordinaria pasa a los 66 años y diez meses.
Esto explica por qué dos compañeros de la misma edad pueden abandonar su empresa en momentos distintos. Alguien que empezó a trabajar con 20 años y apenas ha tenido interrupciones puede llegar sobradamente al periodo requerido. Una incorporación tardía al mercado laboral o varios años sin cotización cambian las cuentas, de modo que los nacidos después de 1961 irán encontrándose con esta situación progresivamente. Y para ellos aparece una fecha decisiva: 2027.
Cobrar el 100% no exige 38 años y tres meses en 2026
Es fácil confundir los requisitos porque las cifras aparecen juntas al hablar de pensiones. Los 38 años y tres meses determinan si es posible retirarse a los 65 durante este ejercicio, pero no son los que hacen falta para generar el 100% de la base reguladora. Para llegar a ese porcentaje en 2026 son necesarios 36 años y seis meses cotizados. El sistema parte de un mínimo de 15 años para acceder a la pensión contributiva de jubilación y de ellos, al menos dos deben estar comprendidos dentro de los 15 años anteriores al hecho causante.
Con esos 15 años se obtiene el 50% de la base reguladora. Los meses cotizados posteriormente van elevando ese porcentaje hasta completar el 100%. Y aquí aparece otra confusión habitual: hablar del 100% no significa que el pensionista vaya a recibir exactamente el mismo dinero que figuraba en su última nómina. El porcentaje se aplica sobre la base reguladora, calculada a partir de las bases de cotización según las normas vigentes.
En 2027 terminan los cambios en la edad de jubilación
La reforma aprobada en 2011 no elevó la edad de jubilación de golpe. Se diseñó un calendario progresivo que comenzó en 2013 y termina en 2027. De ahí los pequeños cambios que se han ido produciendo cada año. Así a partir del próximo ejercicio, el esquema queda fijado en 38 años y seis meses o más cotizados, para jubilarse a los 65 y si no se alcanza esa carrera laboral, habrá que esperar hasta los 67 años.
Buena parte de los nacidos entre 1960 y 1970 se jubilará ya con estas reglas. Una persona nacida en 1962 cumplirá 65 años en 2027. Los nacidos en 1965 lo harán en 2030 y los de 1970 llegarán a esa edad en 2035. Esto convierte la vida laboral en un documento especialmente importante para esta generación. El año de nacimiento permitirá saber cuándo se alcanza una determinada edad, pero son las cotizaciones las que terminarán colocando a cada trabajador en uno u otro supuesto.
Jubilarse antes también es posible, pero puede reducir la pensión
Por otro lado, no todos esperan a cumplir la edad ordinaria ya que la normativa contempla la jubilación anticipada y permite adelantar el retiro en determinadas circunstancias. En la modalidad voluntaria puede anticiparse hasta dos años respecto a la edad ordinaria que corresponda. En algunos casos de jubilación anticipada involuntaria, el margen puede llegar a cuatro. Aquí las cuentas vuelven a cambiar. No basta con alcanzar una determinada edad sino que existen periodos mínimos de cotización y otras condiciones que deben cumplirse para acceder a cada modalidad.
Pero adelantar el retiro también puede tener consecuencias en el bolsillo ya que no podemos olvidar que se aplican coeficientes reductores cuya cuantía depende, entre otras cosas, de los meses de anticipación y del tiempo que se haya cotizado. Es decir, que cuanto antes se abandona el mercado laboral, mayor puede ser el ajuste y para los nacidos entre 1960 y 1970, por tanto, no existe una fecha única que sirva para todos. Unos podrán retirarse a los 65 y otros tendrán que esperar y lo mismo sucede con la cuantía.