Los jueces alertan de la inconstitucionalidad del ‘decreto Maricarmen’: «Vulnera la igualdad y la propiedad»
Señalan varios fallos graves del 'decreto Mari Carmen': de erratas de primero de Derecho a contradicciones entre la exposición y el articulado
El Real Decreto-ley, bautizado como decreto Maricarmen, ha recibido sus primeras críticas desde la judicatura el mismo día de su publicación. Los jueces Jesús Villegas y Alfonso Villagómez advierten a preguntas de OKDIARIO de que, tanto este texto normativo como el segundo que previsiblemente no saldrá adelante, plantean «dudas sobre el respeto a la igualdad y a la propiedad» que «obligan a plantearnos una eventual inconstitucionalidad».
El texto, aprobado por el Consejo de Ministros el 29 de septiembre, ha aparecido este miércoles en el Boletín Oficial del Estado. Incluye la suspensión de desahucios de personas vulnerables hasta 2030, límites a los alquileres de temporada y una batería de medidas fiscales.
Jesús Villegas es secretario general de la Plataforma Cívica por la Independencia Judicial y magistrado titular de un juzgado de Violencia sobre la Mujer en Valencia. A su juicio, los dos decretos Maricarmen son «un triste ejemplo de cómo se legisla en caliente con fines electoralistas».
«En vez de crear una norma con vocación general se hace para un caso concreto. En vez de buscar un consenso general, acude a la confrontación social», ha añadido.
Críticas al decreto
El juez Alfonso Villagómez ha señalado un fallo de base. «El Gobierno parte de un error de concepto constitucional: la función social no es de la vivienda sino de la propiedad», ha afirmado, en referencia al artículo 33 de la Constitución.
También ha rechazado que la vivienda sea un derecho constitucional, «como se dice equivocadamente». «Es un principio de política social y económica que vincula pero que no es de aplicación directa en la Constitución», ha sostenido.
El artículo 47 de la Constitución figura, en efecto, en el capítulo dedicado a los principios rectores de la política social y económica. El preámbulo del decreto, sin embargo, lo invoca como fuente del derecho de «acceso, disfrute y permanencia de una vivienda digna».
Villagómez ha calificado de «inaudito en un texto legal» el pasaje que describe a Maricarmen Abascal como «una mujer vulnerable de 87 años, víctima de una legislación machista y retrógrada procedente de una dictadura y de la especulación más voraz».
Para Villagómez, el resultado es «una disposición prolija y confusa, con medidas administrativas y fiscales de carácter tangencial». En su opinión, la norma «ni aborda ni soluciona el grave problema de la vivienda en España».
El decreto mezcla desahucios, alquileres, recargos del IBI, un gravamen a las SOCIMI y una nueva cuenta de ahorro. Es un cacao normativo con materias sin apenas conexión entre sí.
Errores graves
El texto acumula, además, errores de técnica legislativa. Estos son los diez más llamativos:
- Fecha equivocada: el artículo 6 data la Ley del IRPF el 28 de diciembre, pero es del 28 de noviembre.
- Fórmula fantasma: el nuevo artículo 95 ter anuncia un cálculo «conforme a la siguiente fórmula» que no aparece.
- Doble nombre: el decreto se cita a sí mismo con dos títulos distintos en su artículo 4.
- Se autodenimina «ley»: así se denomina en varios preceptos, pese a ser un real decreto-ley.
- Cuentas que no cuadran: afirma modificar «cinco normas» y reforma alrededor de quince.
- Disposición equivocada: la exposición sitúa la prórroga de alquileres en la disposición final tercera, cuando está en la quinta.
- Plazos contradictorios: el preámbulo atribuye a la suspensión de desahucios «carácter indefinido», pero el articulado la limita a 2030.
- Recargo imposible: exige cuatro inmuebles para declarar un piso desocupado y luego prevé un recargo adicional para titulares de dos.
- Remisión errónea: el nuevo artículo 51.1 de la LAU remite a un apartado 51.4 que regula otra cuestión.
- Préstamo confuso: la línea TU CASA fija un plazo de hasta diez años con una carencia de hasta treinta.
Ley de Vivienda
El decreto se apoya en la Ley de Vivienda de 2023 cuyo «encaje constitucional ha sido refrendado en los ocho recursos resueltos por el Tribunal Constitucional», según la exposición de motivos. El Ejecutivo invoca la «extraordinaria y urgente necesidad» que exige el artículo 86 de la Constitución.
El detonante ha sido el desahucio de Maricarmen Abascal, a quien la norma describe como una vecina que ha perdido «la misma casa donde residió sus últimos 70 años». El Gobierno censura que «ni siquiera una solicitud expresa de suspensión del desahucio por parte de la Organización de las Naciones Unidas sirvió para su paralización».
La norma entrará en vigor este jueves, 1 de octubre. A partir de entonces, el Congreso dispondrá de treinta días para convalidarla o derogarla, en una votación de todo o nada. Precisamente este viernes se votará en la Cámara Baja.