Los bancos están obligados a pedir fotocopia del DNI para operaciones en efectivo de más de 2.500 €
La ley de 10/2010 sobre prevención de blanqueo de capitales evitaría las lagunas que aparecen en el informe de la Guardia Civil sobre las transacciones bancarias realizadas por José Ramón Gómez Besteiro entre 2004 y 2010. Antes de la aprobación de esta ley, las operaciones en efectivo realizadas por particulares no estaban sometidas a controles tan estrictos como los actuales.
El 30 de abril de 2015 las entidades bancarias españolas debían tener el DNI de todos sus clientes para poder identificar quién hacía qué operaciones. Algo que no ocurría en la época en la que Gómez Besteiro recibió ingresos de origen desconocido en sus cuentas y que hicieron sospechar a la juez que investiga el caso Garañón.
Hacienda puede pedir explicaciones en operaciones de más de 3.000 € en metálico
Disposiciones en efectivo. En la actualidad, cualquier disposición de efectivo o ingreso de sumas por encima de los 2.500 euros deben ir acompañadas de una fotocopia del DNI de la persona que realiza la operación, algo que no sucedía en los años 2004 y 2005, época en la que Besteiro recibió hasta 36.000 euros en billetes en una de sus cuentas.
Controles de la Agencia Tributaria. Además de los controles bancarios, existen ‘resortes’ en la Agencia Tributaria que pueden provocar que se active el mecanismo de inspección. Por ejemplo, en las disposiciones de dinero en efectivo por cantidades superiores a los 3.000 euros, Hacienda puede llegar a solicitar a la persona que realiza la operación que justifique a qué se va a destinar el dinero.
No existen límites en cuanto a las cantidades en efectivo de las que puede disponer un particular. Existe un límite máximo de 100.000 € a partir del cual el titular de la cuenta que realizará la retirada del dinero deberá solicitar una autorización especial de la Agencia Tributaria. Hasta esos 100.000 euros cualquier persona puede realizar las retiradas o los ingresos que desee atendiendo a las premisas explicadas anteriormente.
Información de transacciones. Una de las trabas con las que se han topado los investigadores del caso Garañón es la falta de información por parte de los bancos referente a varias operaciones llevadas a cabo por Besteiro. Los bancos tienen obligación de facilitar información sobre transacciones entre particulares a la Agencia Tributaria de hasta seis años de antigüedad, cifra que aumenta a 10 años si es un juez el que reclama los datos.
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