La Ley de Propiedad Horizontal lo avala: si decoras las zonas comunes de tu comunidad en Halloween puedes tener problemas con tus vecinos
Si tienes pensado decorar el rellano por Halloween, la comunidad de vecinos lo puede prohibir
Confirmado por la Ley de Propiedad Horizontal: estás obligado a permitir la entrada a tu vivienda para arreglar una avería de la comunidad
Cambio confirmado en la Ley de Propiedad Horizontal a partir del 23 de octubre: se obliga a las comunidades de vecinos a solicitar ayudas por obras de accesibilidad

Halloween se celebra el próximo sábado 31 de octubre y en muchos edificios ya hay vecinos pensando en cómo decorar el portal para esa noche. Por ejemplo, pueden poner unas calabazas junto a la entrada, telarañas por las paredes, esqueletos colgados del techo. Sin embargo, lo que empieza como una idea para entretener a los niños puede terminar en una discusión si alguien decide colocar los adornos sin preguntar. Y es que la Ley de Propiedad Horizontal permite a las comunidades de propietarios limitar las decoraciones en las zonas comunes, algo que conviene saber antes de transformar el pasillo en una casa del terror.
El problema no está en celebrar Halloween, sino en utilizar espacios que pertenecen a todos los propietarios. Aunque los adornos se vayan a retirar al día siguiente, hay determinadas actuaciones para las que se necesita autorización. Además, si algún vecino considera que la decoración dificulta el paso o puede provocar desperfectos, tiene derecho a comunicarlo a la comunidad.
Qué dice la Ley de Propiedad Horizontal sobre decorar el portal en Halloween
La Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, regula los derechos y obligaciones de quienes viven en edificios sometidos a este régimen. Entre otras cuestiones, establece qué pueden hacer los propietarios en sus viviendas y hasta dónde llegan sus derechos cuando utilizan instalaciones compartidas. En concreto, el artículo 7.1 señala que un propietario puede modificar determinados elementos de su vivienda, siempre que no perjudique la seguridad del edificio, su estructura o los derechos de otros vecinos. Sin embargo, cuando se refiere al resto del inmueble, la norma establece que no podrá realizar alteraciones por su cuenta.
Esto es importante porque el portal, las escaleras, los rellanos y los pasillos forman parte de las zonas comunes. De este modo, si nos dedicamos a pegar adornos en las paredes que puedan arrancar la pintura o instalar estructuras decorativas sin autorización puede que se genere una reclamación por parte de la comunidad. Pero también hay que tener en cuenta el artículo 9.1.a), que obliga a respetar los elementos comunes y utilizarlos correctamente para evitar daños, así que si un vecino coloca objetos que estropean las instalaciones o dificultan su uso, la comunidad puede intervenir.
Ahora bien, no es lo mismo dejar una pequeña calabaza durante unas horas que llenar el portal de elementos sujetos a las paredes. La normativa no contiene una prohibición específica de los adornos de Halloween y cada situación debe valorarse según sus circunstancias.
¿Puede la comunidad de vecinos prohibirte decorar las zonas comunes?
Sí, una comunidad puede establecer normas sobre la decoración de los espacios compartidos. El artículo 6 de la Ley de Propiedad Horizontal permite aprobar reglas de régimen interior para organizar la convivencia y regular la utilización de las instalaciones comunes. Por eso, antes de comprar metros de telaraña artificial o colocar luces en las escaleras, merece la pena preguntar al presidente o al administrador de fincas. Puede que el edificio tenga unas normas que desconozcas o que en alguna reunión anterior ya se haya hablado de este asunto.
Cuando la decoración implique una alteración que necesite autorización, tendrá que aprobarse conforme a las reglas aplicables. El artículo 17 regula las votaciones de las juntas de propietarios, aunque la mayoría necesaria depende del tipo de acuerdo. En algunos edificios, de hecho, son los propios vecinos quienes organizan la decoración de Halloween. Se ponen de acuerdo para colocar unas calabazas, preparar una pequeña actividad para los niños y retirarlo todo cuando termina la celebración. La situación cambia cuando alguien toma la decisión por su cuenta y los demás propietarios no están conformes.
Qué ocurre si decoras el edificio sin permiso y un vecino se queja
Imagina que ponemos un esqueleto junto al ascensor, varias calabazas en el suelo y unas luces que atraviesan el pasillo. Quizá la decoración guste a la mayoría, pero basta con que genere un problema real para que aparezcan las primeras quejas. Uno de los aspectos más delicados es la seguridad, ya que los adornos no deben obstaculizar las salidas de emergencia, dificultar el paso de personas con movilidad reducida ni impedir el acceso a instalaciones que puedan necesitarse en una urgencia.
También conviene tener cuidado con los cables, las velas y los objetos que puedan caerse. Una decoración que parece inofensiva durante el día puede convertirse en un obstáculo cuando alguien entra al edificio de noche. Y de hecho, si los adornos incumplen las normas comunitarias o causan daños, la comunidad puede solicitar su retirada y, cuando corresponda, reclamar la reparación de los desperfectos. Si no se alcanza una solución, existen vías legales para resolver el conflicto, aunque no cualquier desacuerdo permite acudir automáticamente al procedimiento judicial previsto para actividades prohibidas.
Por todo esto, y para evitar problemas, lo más sencillo es comentarlo antes con los vecinos. Todavía quedan varios días para Halloween y preguntar si se pueden colocar unas calabazas en el portal cuesta bastante menos que tener que retirarlas después de una discusión.