Huelga 8M

Huelga feminista: ¿Debo avisar a mi empresa si voy a la huelga el 8 de marzo?

La huelga feminista, convocada por los sindicatos UGT y CCOO y colectivos feministas, se celebrará el próximo viernes 8 de marzo. Pero, ¿debe avisar un empleado a su empresa si va a secundar los paros?

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Huelga feminista

Colectivos feministas han convocado una huelga general para el próximo viernes 8 de marzo. Los organizadores reclaman la paralización de la actividad laboral, tareas del hogar, cuidados, estudios y consumo. El paro está a la vuelta de la esquina y en España surgen dudas: ¿debe un trabajador avisar a su empresa si va a secundar la huelga feminista?

Los abogados de Legálitas explican que, «el trabajador que quiera secundar los paros ya sea por unas horas o durante toda la jornada, no está obligado a avisar a su jefe sobre la decisión. Sin embargo, si es recomendable comunicar la ausencia debido a que algunas empresas lo piden para poder organizarse».

Y, advierten de que, en ningún caso las compañías podrán contratar a otros empleados para realizar «el trabajo de aquellas personas que se hayan sumado a la huelga».

Y, ¿si hay servicios mínimos?

En el hipotético caso de que la compañía estableciese unos servicios mínimos para cubrir las tareas, los trabajadores deben saber que, si tienen que acudir a sus puestos, la compañía deberá avisarles con 24-48 horas de antelación a la jornada de paros. «En este caso concreto, el empleado si estaría en la obligación de cumplirlo sin poder negarse a ello, salvo si está indispuesto, que entonces debe notificarlo y justificarlo».

Los empleados de una compañía es que la huelga es un derecho fundamental de los trabajadores reconocido en el Artículo 28.2 de la Constitución Española, donde «se reconoce el derecho de huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad».

Esto, a la práctica, se traduce en que «los empresarios no podrán abrir un expediente disciplinario al trabajador ni despedirle si este se une a los paros convocados. No obstante, el contrato ese día quedará suspendido y, por lo tanto, no se recibirá el salario correspondiente ni se cotizará en la Seguridad Social del empleado».

En el caso de que los trabajadores secunden los paros sólo de dos horas, «se mantendrá el alta, pero se cotizará por una base inferior que será la correspondiente a la retribución percibida por el tiempo de trabajo. Tampoco se verán afectadas las vacaciones, ni en su duración ni en su retribución. Si el trabajador realizase alguna falta laboral o intentase amenazar o coaccionar sí se podrían llevar a cabo sanciones por parte de la empresa».

Si, durante la jornada del viernes se diese una situación personal, como un retraso del transporte o una asistencia al médico, desde Legálitas advierten de que se «justifique de manera correcta para que la empresa no piense que se ha unido a la huelga y descuente el sueldo».

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