DECLARACIÓN DE LA RENTA 2024

Hacienda confirma lo peor: éstas son las personas a las que no podrá devolverles todo el dinero de la renta

Todo lo que debes saber sobre el dinero en la declaración de la renta

Renta dinero
Ciudadanos realizan la declaración de la renta de forma presencial. (EFE)
Pedro Antolinos

La fecha para que los ciudadanos puedan confeccionar su declaración de renta y patrimonio 2023 expira este 1 de julio de 2024 y por ello los rezagados que no hayan hecho la solicitud en la Agencia Tributaria tienen poco menos de un mes para cumplir con sus obligaciones. Durante los últimos meses miles de españoles han conocido si la renta se sale a pagar o devolver y dentro de éstos hay un grupo que todo hace indicar que no recibirá su dinero a lo largo de este año.

La campaña de la declaración de la renta 2023 llega a sus últimos días y el 1 de julio será la fecha tope para que los españoles puedan presentar su declaración. Durante las últimas semanas ya son miles de personas las que conocen el resultado de una solicitud que tiene una fácil interpretación. Hay tres opciones, que sea cero, negativo o positivo.

En caso de que la declaración de la renta tenga un resultado de cero es que el ciudadano en cuestión está al día de sus pagos con Hacienda y ni tendrá que pagar ni le devolverán nada. Otra cosas sucede cuando aparece una cifra positiva en el documento, ya que quiere decir que tendrás que ajustar cuentas con la Agencia Tributaria. En caso de que se dé esta situación se puede fraccionar el pago en dos ocasiones. De esta forma, y antes de que acabe el año, Hacienda recogerá de tu cuenta corriente la cantidad.

Después hay otros españoles que recibirán una buena noticia y será en el caso de que el documento aparezca una cifra negativa. Esto quiere decir que la declaración de la renta sale a devolver y que Hacienda tendrá que hacer ponerse al día con la persona en cuestión. La Agencia Tributaria tiene seis meses (antes de final de año) para ponerse al día con el pago si no tendrá que pagar intereses. Lo habitual es que, aunque llegue con demora, los que queden más rezagados cobren el dinero correspondiente sobre el mes de diciembre.

Los mutualistas y el dinero de la renta

Hay un caso espinoso con respecto a la declaración de la renta y esto tiene que ver con los mutualistas, que en su día pagaron de más en concepto de IRPF y que ahora tendrá que recibir una devolución por los pagos que en su día hicieron a la Mutualidad Laboral de la Banca.

Los mutualistas son las personas que en su día acudieron a una mutualidad para recibir protección en materia de previsión (jubilación), ahorro y salud para cada etapa de la vida profesional y personal. Dentro de estos grupos se encuentran profesionales de la educación, construcción, banca, eléctricas, pesca y gran parte del funcionariado público.

A primeros de 2023, una sentencia del Tribunal Supremo dio la razón a los mutualistas que pagaron de más en su día en el IRPF. De esta forma, Hacienda se tendrá que poner al día con los trabajadores que aportaron mutualidades laborales entre el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de  1978 tributando al 100% cuando en realidad deberían haberlo hecho al 75%.

La Sentencia del Tribunal Supremo 255/2023, de fecha 28 de febrero de 2023, determinó que «la pensión pública de la Seguridad Social por jubilación o invalidez derivadas de aportaciones/cotizaciones realizadas a Mutualidades Laborales hasta el 31 de diciembre de 1978, que no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF, de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, deben integrarse en la base imponible del impuesto al 75%, de acuerdo a la Disposición Transitoria Séptima de la Norma Foral 13/2013, de 5 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas».

De esta forma, en la campaña de la renta de 2023, la Agencia Tributaria abrió un canal para que los mutualistas hicieran su solicitud con el objetivo de poder recibir la cantidad que en su día pagaron de más. «La AEAT está trabajando de forma coordinada con la Seguridad Social, y otros organismos, al objeto de atender las solicitudes de devolución para mutualistas (D T 2ª LIRPF) a la mayor brevedad posible y con los menores inconvenientes para los ciudadanos», informó Hacienda a través de su página oficial en la que también dejó claro que para reclamar el dinero sólo será necesario con rellenar un simple formulario y «no será necesario adjuntar a la solicitud ningún tipo de documentación».

El grupo que no cobrará el dinero de la renta

Muchos mutualistas que ya reclamaron el dinero a Hacienda ya han recibido el pago de la cantidad y en los próximos meses lo habrán lo que hicieron la reclamación a partir del mes de marzo. En concreto será una cantidad de 4.000 euros que tendrán que recibir los pensionistas que en su día a la Mutualidad Laboral de la Banca.

No podrán recibir la devolución de dinero en la renta de lo que en su día pagaron de más los mutualistas de los años posteriores a 1978. Aquí entran los funcionarios que  en su día pertenecieron a un régimen laboral de clases pasivas, las generadas por aportaciones a mutualidades de trabajadores autónomos, beneficiarios de las pensiones de viudedad y las no contributivas.

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