DEPENDEN DE CADA COMUNIDAD AUTÓNOMA

El fin del Impuesto de Sucesiones: descubre si estás entre los exentos en España

Éstos son los españoles que están exentos de pagar el Impuesto de Sucesiones

Mazón Sánchez escándalos PSOE
Pedro Sánchez y María Jesús Montero. (EFE)
Pedro Antolinos

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones lleva meses en boca de todo el mundo por la intención del Gobierno de darle carácter nacional en su guerra contra las comunidades autónomas con Madrid a la cabeza que han decidido bonificar este gravamen para que los ciudadanos no tengan que pagar tras recibir una herencia. Por ello, Pedro Sánchez, Yolanda Díaz y compañía preparan desde hace meses un nuevo asalto fiscal para los que están exentos de pagar este impuesto acaben pagando lo correspondiente a Hacienda.

En primer lugar hay que tener claro que este impuesto corresponde a la Ley 29/1987, de 18 de diciembre, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. En el artículo 1 la norma deja claro que: «El Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de naturaleza directa y subjetiva, grava los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por personas físicas, en los términos previstos en la presente ley». Dicho de una forma sencilla, este impuesto grava a la transmisión de bienes o derechos de una persona a otra mortis causa o bien cuando existe una donación inter vivos.

Así que esta norma dice que cuando se recibe una herencia o hay una donación hay que pagar los correspondientes impuestos a Hacienda. Este es uno de los motivos por el que las renuncias a las herencias haya aumentado un 26% desde el coronavirus, según los datos proporcionados por el Consejo General del Notariado (CGN). Esto tiene una explicación sencilla: muchos herederos pueden asumir una gran herencia que sea gratuita pero no tienen capital para abonar la alta tasa impositiva a la que obliga la Agencia Tributaria.

El Impuesto de Sucesiones y la política

El Impuesto de Sucesiones y Donaciones en España está derivado a las comunidades autónomas y por ello se ha convertido en motivo de conflicto político entre el Gobierno y las comunidades autónomas regidas por el Partido Popular, con Madrid a la cabeza. Isabel Díaz Ayuso ha liderado la ofensiva contra Pedro Sánchez y desde la capital de España han sido pioneros a la hora de bonificar a los herederos y liberarlos de la alta carga impositiva que hay en España.

Por ello, desde OKDIARIO ya hemos informado de las intenciones del Gobierno, que pasar por crear un impuesto para las «grandes herencias» con el objetivo de darle carácter nacional. Como ya hicieron en su día con el Impuesto de las Grandes Fortunas, este nuevo impuesto que se quieren sacar de la manga tendría un carácter «temporal» y «solidario» en el que se establezca un mínimo y obligatorio.

Todo ello en su guerra contra la Comunidad de Madrid y una Isabel Díaz Ayuso que ha sido pionera en bonificar al 99% el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es más, el pasado 12 de septiembre la presidenta madrileña anunció nuevas rebajas fiscales en lo que tiene que ver con este gravamen. «En el impuesto sobre Sucesiones y Donaciones se elevará ya desde este próximo año al 50% la bonificación para las operaciones entre hermanos y entre tíos y sobrinos por consanguinidad, que actualmente se encuentra en el 25%. De esta manera, la Comunidad de Madrid será la primera región que introduce esta medida en ambas modalidades del impuesto para este grado de parentesco», anunció en su día la Comunidad de Madrid.

Ayuso impuestos
Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.

Los ciudadanos que están exentos del Impuesto de Sucesiones

El Impuesto de Sucesiones en la Comunidad de Madrid está bonificado al 99% y a partir de 2025 lo estará al 100% en el caso de las donaciones esporádicas entre particulares que sean inferiores a 1.000 euros. Estas medidas calculan desde el gobierno madrileño que supondrán un ahorro de casi 130 millones de euros anuales y beneficiarán a alrededor de 13.000 ciudadanos.

La Comunidad de Madrid no es la única zona de España en la que se bonifica el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. En Comunidad Valenciana, Castilla y León o Murcia también hay una bonificación del 99% en las herencias realizadas después de la muerte o las donaciones entre personas físicas durante la vida. Por ejemplo, en el caso de Andalucía o Galicia, no se pagará este gravamen siempre que no se superen los 1.000.000 euros de la base imponible. En Aragón tampoco se pagarán impuestos siempre que no se superen los 500.00 euros (igual que Extremadura) mientras que La Rioja también estarán exentos los que no pasen de los 400.000.

Distinto es el caso de Cataluña, en el que se paga un 7% en caso de herencias hasta 50.000 y un 32% en las de hasta 800.000 euros con 153.000 euros de cuota íntegra. En este territorio español los menores de 21 años no tendrán que pagar si la herencia no excede de 100.000 euros. En el caso del País Vasco, las herencias están completamente exentas del impuesto si el valor de los bienes heredados no supera los 400.000 euros.

En conclusión, Madrid, Comunidad Valenciana, Andalucía, Aragón, Baleares, Canarias, Asturias, Castilla y León, Galicia, Extremadura, La Rioja y Murcia son las comunidades autónomas en el que el pago del impuesto de sucesiones es simbólico en lo que se refiere a los descendientes. En caso de los familiares directos, en Cataluña o Castilla-La Mancha hay ciertos límites.

En el caso de lo que se denomina sucesores del grupo II, que son el cónyuge, descendientes, ascendientes y adoptados de 21 o más años. Madrid, Andalucía, Baleares, Castilla y León, Extremadura, Murcia, La Rioja y Comunidad Valenciana son las comunidades autónomas que siguen bonificando al 99% a los beneficiarios en este caso.

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