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Este es el máximo que pueden subirte el alquiler: que tu casero no te haga trampas

Este es el máximo que pueden subirte el alquiler: que tu casero no te haga trampas
Janire Manzanas
  • Janire Manzanas
  • Graduada en Marketing y experta en Marketing Digital. Redactora en OK Diario. Experta en curiosidades, mascotas, consumo y Lotería de Navidad.

El número de hogares en régimen de arrendamiento ha aumentado exponencialmente en los últimos años. Aunque España siempre ha sido un país de propietarios, cada vez son más las personas interesadas en vivir de alquiler por diversas razones, como la dificultad de acceso al crédito o la movilidad laboral. Mientras que la demanda ha crecido a un ritmo de vértigo, especialmente en grandes ciudades, la oferta se ha mantenido estable, e incluso ha disminuido.

Por este motivo, los precios han subido drásticamente. Según datos de ‘Fotocasa’, en octubre de 2023 se alcanzaron los 16,76 euros por metro cuadrado en Madrid, con grandes diferencias entre unos distritos y otros. Ahora, la pregunta que se plantean muchos inquilinos de cara a 2024 es cuánto les puede subir el alquiler su casero, y la Ley de Vivienda es muy clara al respecto.

Actualización de la renta en 2024

De acuerdo con la Ley de Vivienda, se establece un límite del 3 % en las renovaciones anuales de los contratos de alquiler para el año 2024. El gobierno ha indicado que para contrarrestar «los aumentos descontrolados», se aplicará durante el año 2023 un límite del 2 %, y posteriormente, para el año 2024, se incrementará ese límite al 3 %.

Se pretende crear un nuevo índice que sea más estable y esté por debajo de la evolución del Índice de Precios al Consumo (IPC), para limitar los aumentos en la renta durante las renovaciones anuales de alquiler. Este índice será elaborado por el Instituto Nacional de Estadística y se espera que esté listo para el 1 de enero de 2025.

La Disposición final sexta de la «Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda» establece condiciones para los inquilinos que tengan contratos de alquiler bajo la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU). Durante el año 2024, podrán negociar el aumento que se aplicará en la actualización anual de la renta, sujeto a las siguientes condiciones:

  • Si el arrendador es un gran tenedor: el aumento de la renta será el resultado de un nuevo acuerdo entre ambas partes, sin permitir que la variación anual de la renta exceda del 3 %. Si no se logra un nuevo acuerdo entre las partes, el aumento de la renta estará limitado por esta misma restricción del 3 %.
  • Si el arrendador no es un gran tenedor: la actualización del precio del alquiler estará determinada por un nuevo acuerdo entre las partes. En ausencia de este nuevo acuerdo entre las partes, el incremento de la renta a aplicar no podrá exceder del 3 %.

Por lo tanto, el precio de referencia para el próximo año será el del último contrato, más un aumento del 3 %. Por ejemplo, si actualmente pagas 800 euros al mes, con ese aumento del 3 %, el precio del alquiler podrá incrementarse en 24 euros mensuales, alcanzando un total de 288 euros adicionales al año.

Ahora bien, el artículo 1964 del Código Civil establece que las obligaciones no cumplidas pueden acumularse en el tiempo si así lo estipula la naturaleza de la obligación. Por lo tanto, si durante el año 2023 no se aplicó el incremento correspondiente del 2 % establecido por la ley, se podría permitir la acumulación de este aumento pendiente junto con el incremento del 3 % previsto para el año 2024.

Es decir, bajo esta interpretación, en el año 2024 el casero te podría aplicar la subida del 2 % correspondiente a 2023 más la subida adicional del 3 % estipulada para ese mismo año, siempre y cuando cada incremento anual respete los límites establecidos por la ley.

En caso de que decida aplicar la subida correspondiente al año 2023 en el año 2024, esta actualización no podría ser retroactiva. Es decir, el aumento pendiente del 2 % del año anterior debería comenzar a aplicarse a partir de la actualización del precio en el año 2024.

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