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El Estatuto de los Trabajadores lo confirma: se obliga a tener 1 día y medio de descanso a la semana y lo avala el artículo 37.1

El artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores hace referencia al descanso semanal obligatorio

descanso trabajadores
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

El artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores hace referencia al descanso mínimo a la semana al que tienen derecho los asalariados en nuestro país. Los que desarrollen una función durante el fin de semana también tienen derecho a librar en los días entre semana conforme dicta la ley laboral. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el descanso a la semana mínimo de los empleados españoles y lo que dice la ley.

¿Cuándo es el descanso mínimo a la semana al que tiene derecho un trabajador? Esta es la pregunta del millón que se pueden hacer muchos trabajadores en España y cuya respuesta se encuentra en el Estatuto de los Trabajadores. Esta ley es la carta magna que recoge todos los derechos y deberes de los asalariados españoles en lo que respecta a su relación con la empresa. También dicta todo lo que debes saber sobre el descanso mínimo al que pueden acceder los empleados de forma semanal.

Concretamente, el Boletín Oficial del Estado recoge en el artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores el descanso semanal, las fiestas y permisos a los que tienen derecho los asalariados españoles a la semana. La ley estipula que estos empleados tienen la obligación de descansar al menos un día y medio de forma ininterrumpida. También este descanso se podrá acumular por periodos de hasta catorce días para los que deseen restarse días libres para disfrutarlo posteriormente.

El Estatuto de los trabajadores y el descanso

«Los trabajadores tendrán derecho a un descanso mínimo semanal, acumulable por periodos de hasta catorce días, de día y medio ininterrumpido que, como regla general, comprenderá la tarde del sábado o, en su caso, la mañana del lunes y el día completo del domingo», dice el artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores publicado en el Boletín Oficial del Estado. La norma también deja claro que «la duración del descanso semanal de los menores de dieciocho años será, como mínimo, de dos días ininterrumpidos».

Así que en España los trabajadores tendrán derecho a mínimo un día y medio continuado de descanso, siendo lo habitual que comprenda la tarde del sábado y el día completo del domingo. En la mayoría de empresas españolas, lo habitual es que los españoles libren el fin de semana o, en caso contrario, que puedan elegir dos días intrasemanales para descansar.

El artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores. (Foto: BOE)

El artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores también señala los motivos por los que un trabajador podrá ausentarse del puesto de trabajo y además tener derecho a remuneración:

  • Quince días naturales en caso de matrimonio o registro de pareja de hecho.
  • Cinco días por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado por consanguinidad o afinidad.
  • Dos días por el fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Un día por traslado del domicilio habitual.
  • Por el tiempo indispensable para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo.
  • Para realizar funciones sindicales o de representación del personal en los términos establecidos legal o convencionalmente.
  • Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto y, en los casos de adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento.

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