El Constitucional estima el recurso del PP contra el ‘decretazo’ de Sánchez en RTVE que coronó a Mateo
El Tribunal Constitucional ha aprobado por la mínima estimar parcialmente el recurso del PP contra el ‘decretazo’ de 2018 de Pedro Sánchez, presidente del Gobierno, que le sirvió para situar por las bravas a Rosa María Mateo como administradora única provisional de Radio Televisión Española (RTVE) -sustituida en abril de este año por José Manuel Pérez Tornero-. El Tribunal se ha dividido y la votación ha salido adelante con 5 votos a favor y 5 en contra -un magistrado estaba enfermo y no asistió al Pleno- gracias al voto de calidad del presidente, Juan José González Rivas.
Ese voto de calidad ha permitido romper el empate a cinco en la votación durante el Pleno de la semana pasada, cuando se debatió el recurso presentado por el PP al real decreto ley aprobado por el Gobierno por la vía de urgencia, como publicó este diario. La sentencia, cuya ponente ha sido la progresista María Luisa Balaguer, declara inconstitucional y nulo la disposición final primera del real decreto de 22 junio de 2018, y el apartado tercero del artículo único de esa norma.
La sentencia, que declara sus efectos solamente «declarativos», tendrá tres votos particulares de los cinco magistrados que han votado en contra. Habrá un voto particular conjunto de María Luisa Balaguer y Juan Antonio Xiol, otro de Andrés Ollero y Encarnación Roca, vicepresidenta, y un tercero individual de Cándido Conde Pumpido. Los magistrados que han votado a favor, además del presidente, son Santiago Martínez-Vares García, Antonio Narváez Rodríguez, Alfredo Montoya Melgar y Ricardo Enríquez Sancho.
Artículos inconstitucionales
La disposición final primera del real decreto aprobado por el PSOE en junio se refiere a la publicación «en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de esta ley» de la norma que regule la puesta en marcha de un concurso público para la elección de los consejeros y el presidente de RTVE con la participación de un Comité de Expertos y la designación finalmente de los consejeros elegidos por este Comité por el Congreso -seis- y el Senado -cuatro-.
El PP recurrió el real decreto porque, entre otras cosas, el PSOE decidió nombrar a Rosa María Mateo saltándose al Senado, que no había elegido a los cuatro consejeros a los que tenía derecho. Sin esperar a ello, y basándose en el real decreto ahora declarado parcialmente inconstitucional, nombró a Mateo administradora única.
Además, el Constitucional ha declarado contrario a la Constitución el apartado tercero del artículo único del real decreto. Este artículo dice los siguiente: «Transcurrido el plazo de quince días naturales previsto en el párrafo segundo del apartado 1, si el Senado no hubiera elegido a los consejeros que le corresponden, el Congreso de los Diputados podrá, excepcionalmente y en el plazo de diez días naturales adicionales, proceder a la elección de estos. Dicha elección respetará las candidaturas que, en su caso, ya se hubieran presentado en el Senado».
La decisión del Tribunal Constitucional saca los colores a Sánchez, acusado por la oposición de gobernar a golpe de ‘decretazo’. El organismo sentencia que no estaba justificada la urgencia de este real decreto y, además, que se vulneraron las competencias del Senado.
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