BBVA, condenado por ocultar los riesgos de una hipoteca multidivisa
El juzgado nº 4 de Terrassa (Barcelona) ha anulado una hipoteca multidivisa colocada por la Caixa d´Estalvis de Terrassa (hoy BBVA) colocada a un matrimonio en 2007. La sentencia, a la que ha tenido acceso OKDIARIO, considera que la entidad “cometió dolo omisivo” al colocar la multidivisa sin la debida información.
“Eso significa que la juez acepta que el banco ocultó información a sabiendas y el fallo lo llega a decir hasta en tres ocasiones”, explica Miriam Navas, letrada del despacho Navas & Cusí, que ha dirigido la defensa.
La hipoteca se firmó por valor de 672.255,88 francos suizos equivalentes a 413.000€ a la fecha de constitución, el 25 de enero de 2007, amortizable en 480 meses hasta el 25 de enero de 2047. El fallo declara la nulidad parcial del préstamo en todos los contenidos relativos a la multidivisa, obliga a BBVA a devolver el perjuicio generado, redenomina el producto en euros y condena a la entidad al pago de las costas.
La sentencia considera probado que hubo “omisión” en la información precontractual y también considera “insuficiente” la información facilitada en el momento de la contratación, sin entregar siquiera un folleto informativo. La sentencia recuerda el fallo del Supremo de 20 de enero de 2014 en el que el Alto Tribunal alude a la obligación “activa” de las entidades financieras de facilitar información habida cuenta de la “asimetría informativa” existente entre entidad y cliente.
La comercial informó de que era una “alternativa óptima” a la hipoteca tradicional porque ofrecía cuotas más reducidas y un sistema de amortización más beneficioso que el método francés habitual en las hipotecas españolas, explica la defensa. La sentencia considera probado que el comercial desconoce si el franco suizo está regulado por alguna autoridad financiera.
“Sólo con la escritura, la claridad exigible, no se da”, apunta la sentencia, que recuerda la obligación de “doble transparencia” (gramatical y jurídico-económica) o “transparencia extendida”, según la doctrina de Luxemburgo.
La entidad, señala el fallo, debió tener un “máximo deber de diligencia ante un producto complejo, trasladando información clara, precisa, concreta y con simuladores entendibles”. Lamentablemente, apunta Navas, “no hubo nada de esto”. Tampoco hubo información post-contractual, “a pesar del negativo devenir del producto”, denuncia la sentencia. El banco alega que a pesar de recibir información trimestral, los clientes nunca se quejaron.
“La sentencia considera en cambio que la ausencia de queja de los clientes no prueba su anuencia ni la correcta información sino lo contrario: la información era tan deficiente que el cliente no advirtió el riesgo que estaba asumiendo”, señala Navas. De hecho, según apunta el fallo, su deuda se estaba incrementando.
Temas:
- BBVA
Lo último en Economía
-
Giro en la incapacidad permanente: el Gobierno confirma el cambio que te afecta si estás en esta lista
-
El Estatuto de los Trabajadores lo hace oficial y te afecta: lo que pasa si te pones enfermo estando de vacaciones
-
Parece una errata pero no lo es: el pueblo valenciano a 40 minutos de la playa con casas por 21.000€
-
Todo el mundo está hablando del nuevo postre de Mercadona y no me extraña: lo he probado y es un manjar de dioses
-
Aviso para los nacidos entre 1975 y 1985: el INSS confirma el giro en la prestación por desempleo y así te afecta
Últimas noticias
-
Fue uno de los personajes más queridos de ‘Aquí no hay quién viva’ y tuvo que dejar la serie por una enfermedad
-
‘El Debate’ plagia a OKDIARIO las sentencias de las saunas del suegro de Sánchez como prostíbulos
-
El favor del Gobierno de Sánchez al Barcelona tiene premio: ganan 12 millones por Pau Víctor
-
Cristiano Ronaldo regresa a España
-
El mejor restaurante de carretera de Cádiz lleva casi 40 años abiertos: aparece en la guía Michelin de los camioneros