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Arrancar las ramas y las raíces de las plantas de tus vecinos está permitido y el Código Civil lo avala: sólo en estos casos

arrancar ramas
Blanca Espada

Tener problemas con las ramas o con los árboles de un vecino es algo mucho más habitual de lo que parece. Una rama que se cuela en el jardín, hojas que caen constantemente o raíces que empiezan a levantar el suelo, son situaciones bastante comunes que, tarde o temprano, acaban generando discusiones y que pueden provocar que nos queramos tomar la justicia por nuestra mano aunque recurrir al Código Civil es siempre, la mejor solución.

De hecho el Código Civil contempla varias situaciones en las que sí que podemos actuar, incluso por cuenta propia, siempre que se cumplan ciertas condiciones. Eso sí, no todo vale ya que hay diferencias importantes entre cortar ramas, arrancar raíces o exigir que retiren un árbol, y ahí es donde suelen venir los errores que muchas veces se cometen, y todo por no estar informado de forma adecuada, así que repasemos a continuación que dice la ley al respecto de este tipo de situaciones y cómo actuar de forma correcta.

Arrancar las ramas de tus vecinos está permitido y el Código Civil lo avala

El artículo 591 del Código Civil deja claro que no se puede plantar sin más cerca de la propiedad del vecino. Si no hay normativa municipal específica, se aplican unas distancias mínimas bastante concretas:

  • Dos metros si hablamos de árboles altos
  • 50 centímetros si son arbustos o árboles más pequeños

Esto, aunque parezca un detalle menor, es clave. Porque si alguien planta un árbol sin respetar esas distancias, el vecino afectado puede exigir que se arranque. Y aquí no hay demasiada interpretación ya que si no se cumple lo mencionado, se puede reclamar directamente.

Qué ocurre cuando la rama invade tu espacio

Este es probablemente el problema más habitual. El árbol está en la parcela de al lado, pero con el tiempo las ramas empiezan a meterse en tu jardín, terraza o incluso rozan la vivienda. Aquí la ley marca un límite claro. Puedes exigir que esas ramas se corten, pero no puedes hacerlo tú por tu cuenta.

Es decir, tienes derecho a reclamar, pero quien debe actuar es el propietario del árbol. Y esto es algo que genera bastantes conflictos, porque mucha gente cree que puede coger la podadora y solucionarlo en cinco minutos. No es así. En este caso, hay que pedirlo.

Con las raíces cambia todo

Donde la cosa da un giro es bajo tierra ya que si las raíces del árbol del vecino se meten en tu parcela, entonces sí puedes cortarlas tú mismo. Sin pedir permiso y sin tener que esperar a que el otro actúe. Eso sí, con un límite muy claro y sólo dentro de tu propiedad. No puedes meterte en el terreno del vecino ni hacer una intervención más amplia. Este punto es uno de los más desconocidos, pero también de los más claros en la ley. Y en la práctica, suele ser donde menos discusión hay cuando se aplica correctamente.

Cuando el problema viene de cómo se plantó el árbol

Otra situación bastante común es la de árboles que se plantaron demasiado cerca desde el principio. Aquí no hablamos de ramas o raíces, sino de que directamente el árbol nunca debería haber estado ahí. En estos casos, si no se respetaron las distancias legales, el vecino afectado puede pedir que se arranque.

Y esto aplica aunque el árbol lleve años plantado. No es algo que prescriba por el paso del tiempo de forma automática en todos los casos. Por eso, muchas veces estos conflictos aparecen años después, cuando el árbol ya ha crecido lo suficiente como para empezar a molestar de verdad.

Los setos medianeros

Luego están los setos que separan dos parcelas. Aquí la ley parte de una idea sencilla y es que si están justo en medio, se consideran de ambos. Eso significa que cualquiera de los dos vecinos puede pedir que se eliminen. No hace falta que haya un motivo grave, basta con que uno de los dos no quiera mantenerlos.

Ahora bien, hay una excepción importante. Si esos árboles funcionan como referencia de límite (lo que se conoce como mojones), entonces sí hace falta acuerdo entre ambos. Y aquí es donde empiezan muchas discusiones, porque no siempre está claro si cumplen esa función o no.

Lo que no se puede hacer (aunque muchos lo hagan)

A pesar de todo esto, hay límites que no se pueden saltar. No puedes entrar en la parcela del vecino para cortar ramas o arrancar nada. Tampoco puedes tomar decisiones que afecten directamente a su propiedad sin seguir el procedimiento adecuado.

Y esto es importante, porque en muchos casos la reacción es impulsiva: molesta, se corta y ya está. Pero eso puede acabar generando un problema mayor. Además, hay que tener en cuenta que algunos ayuntamientos tienen sus propias ordenanzas, que pueden matizar o ampliar estas normas.

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