PENSIONES

Adiós a las notificaciones de la Seguridad Social a los trabajadores que están de baja: el giro que lo cambia todo y ya está en vigor

La Seguridad Social ha introducido un cambio en las notificaciones con los trabajadores

notificaciones Seguridad Social
(Foto: Freepik)
Pedro Antolinos

Ya es oficial: desde este 1 de septiembre la Seguridad Social ha cambiado la forma de notificar a los trabajadores y desde esta fecha estos avisos se realizarán a través de internet. Los casos más importantes se seguirán notificando vía correo ordinario, pero estas órdenes ahora llegarán vía electrónica, algo que especialmente tendrán que tener en cuenta los trabajadores que estén en situación de incapacidad temporal. Consulta en este artículo todo lo que debes saber sobre el cambio con las notificaciones de la Seguridad Social.

Desde este 1 de septiembre, la Seguridad Social cambia la forma de realizar notificaciones. Más bien, las Administraciones Públicas se modernizan en este aspecto y, a partir de esta fecha, sus comunicaciones irán directas a los teléfonos móviles de los trabajadores que dispongan de correo electrónico o certificado digital. Esta novedad llega a sabiendas de que estos dispositivos electrónicos ya se han convertido en un indispensable en el día a día de millones de personas en España.

Todo tiene que ver con la Orden ISM 903/2020, que regula las notificaciones electrónicas de la Administración de la Seguridad Social, que fue aprobada el pasado año 2020 y que en el artículo 4 dejaba claro que «las personas físicas que sean solicitantes o perceptoras de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural». Ahora la norma se ha modernizado para llegar a más trabajadores.

La Seguridad Social y las notificaciones a los trabajadores

En este mes de junio ha entrado en vigor la nueva Orden ISM 546/206, que moderniza este artículo número 4 para incluir a los trabajadores que sean beneficiarios de una pensión por incapacidad laboral o permanente. De esta manera, estos trabajadores recibirán las notificaciones vía electrónica, bien a través del correo o a través de los canales oficiales de la Seguridad Social, como puede ser Mi Carpeta Ciudadana, la Dirección Electrónica Habilitada Única (DEHú) o la Sede Electrónica de la Seguridad Social.

Así que estos trabajadores tendrán que estar atentos para responder en un plazo de 10 días a los mensajes y, en caso contrario, la Seguridad Social considerará que el pensionista en cuestión ya ha sido notificado. Esto puede tener consecuencias fatales, ya que se pueden perder plazos para presentar alegaciones o recursos y también verse suspendida esta prestación. Por ello, ahora estos ciudadanos tendrán que prestar máxima atención a todas las notificaciones de estas Administraciones Públicas.

Aviso sobre los datos de la Seguridad Social

Sebastián, un abogado laboralista que en las redes sociales es conocido como @leyesconsebas, ha avisado a los ciudadanos sobre la conveniencia de que la Seguridad Social disponga de todos los datos actualizados referidos a los números de teléfono o correo electrónico.

«Si estás de baja, cobrando el paro, tramitando una incapacidad o cualquier prestación, las comunicaciones ya no llegarán a tu buzón físico. Llegan a la Sede Electrónica de la Seguridad Social y tienes solo 10 días para leerlas antes de que queden registradas como notificadas», avisa en un vídeo publicado en las redes sociales en el que deja claro que. «Si no las ves a tiempo, puedes perder plazos, prestaciones y derechos importantes. Actualiza tus datos, activa el Cl@ve y revisa tu buzón electrónico. Hoy mismo».

Desde la Seguridad Social también han confirmado que a los ciudadanos que no dispongan de estos dispositivos se les seguirá notificando como siempre y que también se avisará a través de correo ordinario de los temas que requieran de una mayor importancia.

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