Si hay denuncia del CTA

Piqué se expone a una dura sanción por sus palabras contra el arbitraje

Gerard Piqué podría ser sancionado si hay una denuncia del Comité Técnico de Árbitros o el departamento de integridad de la FEF ante el Comité de Competición

Podría resolverse en unas semanas, por lo que se perdería los duelos decisivos de la Liga Santander, o bien una vez finalizada la temporada

piqué
Piqué, durante un partido contra el Sevilla. (AFP)

Gerard Piqué podría ser sancionado por sus polémicas declaraciones tras el tropiezo del Barcelona en Sevilla en las que insinuó con la ironía que le caracteriza que la Liga esta preparada para el Real Madrid. El jugador catalán podría ser castigado si hay una denuncia del Comité Técnico de Árbitros o el departamento de integridad de la FEF ante el Comité de Competición.

«Creo que va a ser muy difícil ganar esta liga. Vamos a hacer todo lo posible, pero supongo que se van a perder por muy pocos puntos. Ya no dependemos de nosotros y será difícil que el Madrid pierda puntos. Viendo las dos jornadas que llevamos, será complicado». Estas fueron las palabras de Piqué a la conclusión del Sevilla – Barcelona que fueron toda una declaración de intenciones.

Esta insinuación de Gerard Piqué podría ocasionarle una sanción si son interpretadas como un ataque a la honradez del estamento arbitral y la poca imparcialidad de estos. Para ello, primero tendría que llegar una denuncia al Comité de Competición bien por parte del Comité Técnico de Árbitros o por parte del departamento de integridad de la FEF.

Si esto ocurriera, y según apunta Sport, podrían darse dos situaciones: trasladarle la denuncia al afectado para que presente alegaciones y que todo se resolviera en una semanas o abrir un expediente nombrado por un juez instructor. Esta segunda opción llevaría una demora de alrededor de un mes lo que supondría que la sanción para Gerard Piqué llegaría finalizada la temporada.

Según recoge este mismo medio, a Gerard Piqué, siempre que haya una denuncia previa, se le podría aplicar el artículo 89 del Código Disciplinario publicado en la RFEF que dice lo siguiente: «Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos serán sancionados como infracción grave y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de 602 a 3.006 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de un mes a dos años o de al menos cuatro encuentros, o clausura total desde un partido a dos meses».

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