MANTIENE ENCAUSADO AL EX PRESIDENTE DE LA DIPUTACIÓN DE CASTELLÓN

La jueza archiva para Fernando Roig y su hijo la causa por ocultación del patrimonio de Carlos Fabra

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Fernando Roig en una imagen de archivo.
Ignacio Martínez

El Juzgado de Instrucción Número 4 de Castellón ha archivado provisionalmente para el propietario del Villarreal CF SAD Fernando Roig, su hijo Fernando y un empresario la causa que investiga si el ex presidente de la Diputación de Castellón Carlos Fabra presuntamente ocultó su patrimonio ante la Justicia y ante Hacienda para supuestamente impedir la ejecución de su condena.

La titular del citado jugado ha tomado esta decisión al dictar un segundo auto de procedimiento abreviado después de que el primero, de abril del pasado año, fuera parcialmente anulado por la Audiencia Provincial para que los 3 empresarios citados volvieran a ser interrogados, al considerar que no habían sido debidamente informados del delito de cohecho por el que también estaban siendo interrogados, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

El nuevo auto sí mantiene encausados a Carlos Fabra, su mujer, 2 de sus hijos, un yerno y 3 empresarios. Y lo hace en los mismos términos que el anterior al no estar esa parte afectada por la revocación que llevó a cabo la Audiencia Provincial hace ahora un año. La magistrada, además, acuerda la extinción de la responsabilidad penal para 7 investigados por prescripción de los delitos y, para otros 11, el sobreseimiento provisional de las diligencias.

A estos últimos, se suman ahora Fernando Roig, su hijo y otro empresario, para quienes se archivan las diligencias porque la jueza no ve indicios de los delitos de frustración de la ejecución ni de cohecho en los 1,3 millones de euros que prestaron a través de sociedades mercantiles a Fabra entre 2010 y 2014. Tampoco, observa indicio de la vinculación entre los préstamos y los contratos firmados por el Villarreal CF SAD y la sociedad Aeropuerto de Castellón SL (Aerocas). El auto, finalmente, da por concluida la fase de instrucción y emplaza y emplaza a Fiscalía y a las acusaciones a que soliciten en el plazo de 10 días la apertura del juicio oral, el archivo del procedimiento o la práctica de diligencias complementarias. 

 

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