Facua se enfrenta al Málaga CF: exige al club que devuelva a los abonados el dinero de los partidos no disfrutados

Rubén Sánchez
Rubén Sánchez, Secretario General de Facua.

Facua Málaga se ha dirigido al Málaga Club de Fútbol para exigirle que reembolse a los abonados las cantidades de los partidos que no han podido disfrutar por celebrarse a puerta cerrada.

En comunicado, Facua Málaga ha precisado que el pasado 3 de agosto el club comunicó a través de su página web y sus redes sociales indicaba que, ante la imposibilidad de acudir a los partidos que restaban debido al COVID-19, «solo ofrecía a aquellas personas que tuvieran un abono un descuento de un 20 por ciento cuando lo renovasen para la siguiente temporada, la renuncia a ningún tipo de compensación en favor del club o hasta un máximo de seis entradas en aquellos partidos que sí se pudieran disputar con público».

Al respecto, la asociación ha considerado «inaceptable» que el club no ofrezca el reembolso de la parte proporcional del abono a aquellos usuarios que así lo deseen. El Málaga CF llega a afirmar que «no existe obligatoriedad legal para la devolución o compensación del dinero».

No obstante, Facua Málaga ha advertido de que el artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo aclara en su primer apartado que si como consecuencia de las medidas adoptadas durante la vigencia del estado de alarma, las fases de desescalada o la nueva normalidad los contratos suscritos por los consumidores y usuarios, ya sean de compraventa de bienes o de prestación de servicios, resultasen de imposible cumplimiento, el consumidor y usuario «tendrá derecho a resolver el contrato durante un plazo de 14 días desde la imposible ejecución del mismo».

De igual modo, según indica el citado artículo, dicha resolución solo podrá ser estimada cuando no quepa obtener de la propuesta o propuestas de revisión ofrecidas por cada una de las partes, sobre la base de la buena fe, «una solución que restaure la reciprocidad de intereses del contrato». Las propuestas de revisión podrán abarcar, entre otras, el ofrecimiento de bonos o vales sustitutorios al reembolso.

A estos efectos, se entenderá que no cabe obtener propuesta de revisión que restaure la reciprocidad de intereses del contrato –como dichos bonos o vales– cuando «haya transcurrido un periodo de 60 días desde la solicitud de resolución contractual por parte del consumidor o usuario sin que haya acuerdo entre las partes sobre la propuesta de revisión».

«Si finalmente no existe acuerdo entre las partes, el usuario tiene derecho a la resolución del contrato y al reembolso de las cantidades que hubiera pagado. Esta devolución tendrá que llevarse a cabo en la misma forma en que se realizó el pago en un plazo máximo de 14 días», recuerdan desde Facua.

Por otro lado, la asociación ha indicado que el club «debe devolver a los aficionados que así lo deseen las cantidades correspondientes a los partidos celebrados a puerta cerrada y critica que las opciones que ofrece el club a los afectados no resultan suficientes, puesto que no restablecen el equilibrio entre las partes, tal y como establece la normativa, una vez incumplido el contrato».

Por ello, Facua Málaga insta al Málaga «a que rectifique su decisión y habilite la devolución de la parte proporcional del abono a aquellos usuarios que así lo soliciten y señala que, de no permitir el reembolso, podría enfrentarse a sanciones por vulnerar la normativa de protección de los consumidores».

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