A partir del lunes 28 de septiembre entra en vigor: la UE confirma el cambio de norma con los productos ecológicos del supermercado
La nueva normativa para los supermercados y el etiquetado de productos ecológicos
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Ir al supermercado y encontrarse con palabras como «verde», «ecológico» o «respetuoso con el medioambiente» en un envase se ha convertido en algo habitual. Lo podemos ver en productos de limpieza, cosméticos, artículos de higiene y todo tipo de bienes de consumo. El problema es que detrás de esas expresiones no siempre existe una ventaja ambiental tan clara como puede parecer al leer la etiqueta. Y eso es precisamente lo que la Unión Europea quiere limitar.
Desde el 27 de septiembre comienzan a aplicarse las nuevas reglas europeas destinadas a combatir el denominado greenwashing o blanqueo ecológico. Por tanto, el lunes 28 será el primer día laborable con la nueva normativa ya en aplicación. La reforma obligará a las empresas a ser mucho más cuidadosas con las afirmaciones medioambientales que incluyen en productos y publicidad. No significa que desaparezcan las etiquetas ecológicas del supermercado, sino que determinados mensajes tendrán que estar respaldados y algunos sellos dejarán de poder utilizarse como hasta ahora.
La UE confirma el cambio de norma con los productos ecológicos del supermercado
La nueva regulación procede de la Directiva (UE) 2024/825, aprobada en febrero de 2024 para reforzar la protección de los consumidores durante la transición ecológica. Los Estados miembros debían adoptar las disposiciones necesarias antes del 27 de marzo de 2026 y comenzar a aplicarlas seis meses después, el 27 de septiembre.
Uno de sus principales objetivos es poner límites a las afirmaciones medioambientales genéricas. La norma contempla expresamente los mensajes que presentan un producto, una marca o una empresa como beneficiosos para el medioambiente sin concretar suficientemente en qué consiste esa ventaja. Expresiones como «ecológico», «verde» o similares no podrán utilizarse de manera genérica si la empresa no puede demostrar un comportamiento medioambiental excelente reconocido y pertinente para aquello que está anunciando. Para el consumidor, el cambio debería traducirse en etiquetas menos ambiguas. Es decir, que un envase utilice palabras asociadas con la sostenibilidad no bastará por sí solo para transmitir que el producto tiene determinadas cualidades ambientales.
Tampoco valdrá cualquier sello de sostenibilidad
La reforma pone el foco también en los numerosos logotipos y distintivos ambientales que aparecen en los envases. A partir de ahora se prohíbe mostrar un sello de sostenibilidad cuando no esté basado en un sistema de certificación que cumpla los requisitos establecidos o no haya sido creado por una autoridad pública. La medida busca evitar que el comprador se encuentre con distintivos que, por su diseño o por las palabras utilizadas, parezcan una certificación independiente cuando en realidad no lo son. Es especialmente relevante en una compra rápida, cuando pocas personas tienen tiempo para detenerse delante de una estantería a investigar quién ha concedido cada sello.
La Comisión lleva años detectando problemas en este terreno. Un estudio europeo sobre declaraciones ambientales encontró este tipo de mensajes en el 76% de los productos examinados en tiendas y constató además las dificultades de muchos consumidores para saber qué afirmaciones resultan realmente fiables.
Un envase reciclado no convierte en ecológico todo el producto
Otro cambio afecta a la manera en la que se presenta ciertos productos. La normativa prohíbe realizar una afirmación ambiental sobre la totalidad de un producto o incluso sobre toda la actividad de una empresa cuando esa característica corresponda únicamente a una parte determinada. Es decir, una mejora ambiental en el envase no permite trasladar automáticamente esa cualidad al artículo completo. La información deberá dejar suficientemente claro a qué parte se refiere.
También se endurecen las reglas relacionadas con las emisiones. La Directiva incorpora entre las prácticas prohibidas afirmar, basándose en la compensación de emisiones de gases de efecto invernadero, que un producto tiene un impacto neutro, reducido o positivo sobre el clima. El objetivo vuelve a ser el mismo: que la impresión que recibe el consumidor al mirar el producto se corresponda con aquello que realmente puede acreditarse.
¿Desaparecerán ahora productos de las estanterías?
El cambio de normativa no significa que el 27 de septiembre tengan que retirarse automáticamente todos los productos fabricados con etiquetas anteriores. Este punto preocupaba especialmente a empresas y distribuidores que ya tenían mercancía producida, encargada o situada en los establecimientos antes de la fecha de aplicación. Las autoridades de protección al consumidor de la UE acordaron en junio un criterio común para estas existencias antiguas. Las empresas deben haber tomado medidas de buena fe para adaptarse, pero las autoridades podrán aplicar un enfoque gradual cuando existan dificultades transitorias reales y justificadas.
Por tanto, es posible que durante un tiempo convivan en las estanterías envases anteriores con otros ya adaptados. Lo que cambia desde el 27 de septiembre son las reglas que determinan cómo pueden presentarse ante el consumidor las cualidades medioambientales de aquello que compra. Y ese es probablemente el cambio que más se notará con el tiempo: palabras como «verde» o «ecológico» no desaparecen del supermercado, pero utilizarlas como reclamo será más difícil cuando detrás no exista una justificación que cumpla las nuevas exigencias europeas.