España tendrá que pagar 27.000 € a una inmigrante que llegó ilegalmente por desestimar su denuncia
La víctima ha reconocido que llegó a España en 2003 de forma irregular
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con 27.000 euros a una mujer por desestimar de manera «superficial» su denuncia de trata de personas y explotación sexual. Entre 2003 y 2007, esta mujer aseguró haber sido víctima de una red de tráfico entre Nigeria y España. Aunque presentó su denuncia en 2011, las autoridades españolas no actuaron «con diligencia» y archivaron el caso en 2017 sin realizar lo que el TEDH considera que debería haber sido una investigación adecuada. Por ello, el tribunal de Estrasburgo ha concluido que España incumplió su obligación de investigar, lo que violó el artículo 4 del Convenio Europeo de Derechos Humanos.
La víctima ha asegurado que llegó a España en 2003 de forma irregular, llevada por un conocido de su familia que se lo propuso y le prometió que le daría un trabajo con el que podría devolverle los 70.000 euros que le cobraría por su llegada.
El tribunal de Estrasburgo destacó que España no adoptó las medidas básicas durante los dos primeros años de la investigación y que las decisiones de archivo fueron «superficiales». La denuncia de la mujer incluía detalles coherentes, como por ejemplo haber sido reclutada a través de un familiar y sometida después a prácticas de «vudú» para mantenerla sometida. Aunque las autoridades españolas sí la reconocieron como víctima de trata, no actuaron con rapidez ni siguieron varias líneas de investigación obvias, lo que, según el TEDH, tuvo consecuencias devastadoras para la víctima. Concretamente, el tribunal explica que las autoridades españolas, «al no actuar con prontitud y no seguir varias líneas de investigación obvias, y al desestimar provisionalmente el caso en 2017 de manera superficial», demostraron un «flagrante desprecio por la obligación de investigar las graves denuncias de trata de personas».
A pesar de que el caso fue archivado provisionalmente, el TEDH considera que esto no cambia el hecho de que España mostró un «flagrante desprecio» por su obligación de investigar adecuadamente. Por ello, se ha ordenado que España pague 15.000 euros en concepto de daños morales y 12.000 euros por los costes del proceso.
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