‘Caso Frutero’: inhabilitación para un exalcalde de Córdoba (PSOE) y 3 exconcejales por prevaricación

‘Caso Frutero’: inhabilitación para un exalcalde de Córdoba (PSOE) y 3 exconcejales por prevaricación
Juicio al exalcalde Fuente Palmera y tres acusados más del Ayuntamiento (Foto: Europa Press).

Exalcaldes y exediles socialistas siguen circulando por los juzgados andaluces por delitos diversos en el ejercicio de sus funciones, siguiendo la estela dejada por la Junta socialista en sus 37 años al frente del Gobierno regional.

El ‘Caso Frutero’, que sentó en el banquillo al exalcalde socialista de Fuente Palmera (Córdoba) y tres de sus exconcejales, María Isabel Ostos, Araceli Díaz y Francisco López, por un delito de prevaricación, ha terminado con la asunción de los imputados de sus irregularidades, por las que aceptan tres años y medio de inhabilitación especial para ostentar cargo público en la administración local.

Su gestión en la tramitación del expediente del polígono industrial Los Fruteros en el término municipal de dicho municipio, entre los años 1999 y 2003, se hizo, según el escrito conjunto de conformidad, ejecutando «una serie de actos al margen de cualquier procedimiento previsto legal o urbanístico».

Por su parte, el exsecretario-interventor Carmelo Tubío, acepta también tres meses de suspensión de funciones por la comisión de un delito de falsedad documental, con la atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas en la tramitación de la causa.

Juicio incialmente aplazado

El juicio se había fijado para marzo de 2020 en la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Córdoba, si bien su señalamiento estuvo afectado por la situación generada por la pandemia del coronavirus Covid-19 con la declaración del estado de alarma y ahora los procesados han llegado a la mencionada conformidad que transmiten a la Audiencia.

En concreto, en el escrito conjunto de conformidad, al que ha tenido acceso Europa Press, se da por probado que durante los años 1999 y siguientes, «la situación urbanística en el municipio de Fuente Palmera demandaba una diligente gestión urbanística que diera respuesta a la obsolescencia de las normas subsidiarias de planeamiento del año 1992, que impedían dar respuesta al crecimiento de la población y a las demandas de suelo industrial».

En este punto, se señala que «los acusados, en vez de procurar la acción administrativa prevista en el ordenamiento jurídico para tales fines, ejecutaron una serie de actos al margen de cualquier procedimiento previsto legal o urbanístico, con un resultado distinto del que se hubiera obtenido con la verificación de los trámites regulares establecidos en la normativa de obligado cumplimiento, con la participación de los agentes y administraciones públicas previstos en dicha normativa para un crecimiento racional del municipio».

Suelo rústico no urbanizable

Así, los procesados «formalizaron no sólo una serie de convenios urbanísticos con determinados particulares, sino que ejecutaron la reordenación de distintas unidades de ejecución y concertaron compromisos de venta sobre parcelas en el llamado polígono industrial Los Fruteros, cuando el suelo en cuestión tenía la calificación de rústico y no se había iniciado sobre el mismo actividad material de planeamiento alguna como estaban obligados y cuyo resultado aún sigue teniendo consecuencias urbanísticas para el municipio, tanto en el régimen de licencias como de zonas verdes y otros».

A tales efectos, el acusado Carmelo Tubío emitió «certificaciones conducentes a la materialización de los citados hechos no ajustadas a derecho de contenido falaz». Todos los ingresos obtenidos por el Consistorio en virtud de los distintos convenios tuvieron entrada en las arcas municipales y fueron destinados a gastos del Ayuntamiento que «no eran los inicialmente previstos en materia urbanística», según se remarca en el escrito.

No obstante, se expone que «fracasada la finalidad para la que fueron abonados, se reintegraron a los interesados con intereses». La causa penal se incoó en el año 2005 y durante su tramitación ha sufrido «estados de inactividad no justificados por la práctica de diligencia alguna».

Cabe señalar que entre los letrados que han defendido a los acusados se encuentran Francisco Acosta y Fernando Llagas, mientras que el despacho del abogado Manuel Delgado ejerció la acusación en nombre del Ayuntamiento en una de las querellas que se presentaron en su momento, entre otros letrados.

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