La ley de muerte digna está presente en la mayor parte de las regiones españolas
La ley de muerte digna, que establece las condiciones a las que puede acogerse una persona en situación terminal, se impone en la mayoría de las Comunidades Autónomas. Andalucía fue pionera al adherirse a esta práctica en el año 2010.
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El debate sobre la regulación de la eutanasia ha vuelto a surgir en vísperas de las elecciones generales del próximo día 28 a raíz del caso de María José Carrasco, una enferma terminal a la que ayudó a morir su marido Ángel Hernández, por lo que fue detenido aunque después liberado. Hoy por hoy, esta práctica no está regulada en España, pero sí existe una ley de muerte digna que establece las condiciones a las que puede acogerse una persona en situación terminal.
En diciembre del pasado año, el Congreso de los Diputados sacó adelante esta normativa con el apoyo de PP, Ciudadanos, PSOE, Podemos y algunos miembros del Grupo Mixto, que incide en el derecho de los pacientes a recibir cuidados paliativos integrales. El Código Penal establece en el Artículo 143 que «el que induzca al suicidio de otro será castigado con la pena de prisión de cuatro a ocho años», una condena que se reduce en caso de que este acto se realice «por la petición expresa, seria e inequívoca de éste» en el caso de enfermedad grave.
Ya existen varias comunidades autónomas que cuentan con leyes propias en el ámbito de muerte digna, pero algunas de ellas, como Cantabria y Castilla y León, no las han aplicado a la espera de que el Estado apruebe una normativa a nivel nacional:
Andalucía fue la primera comunidad en acogerse a una ley de muerte digna en 2010. Con esta norma se garantiza el acceso de la ciudadanía a tratamientos del dolor y se prohíbe la obstinación terapéutica, y que los pacientes puedan paralizar cualquier tratamiento, aun a riesgo de poner en peligro su vida. Solo en lo que va de año, el Registro de Voluntad Vital –regulado por esa legislación y en el que figuran las peticiones de las personas que se vean en la situación– acumula 945 testamentos.
Asturias es una de las últimas regiones que aplicó en julio de 2018 una Ley sobre Derechos y Garantías en el proceso final de la vida, con la que no solo se ampliaron los derechos de los ciudadanos en este aspecto sino que se otorgó seguridad jurídica al personal médico que los atiende. En Aragón se aprobó la Ley de Derechos y Garantías de la Persona en el Proceso de Morir en 2011 y en Baleares, el Gobierno dio luz verde a esta misma normativa en 2015, pero este viernes, a raíz del caso de Carrasco y Hernández, ha reclamado al Ejecutivo central que se regule la eutanasia a nivel estatal, de modo que puedan precisarse los casos en los que se puede facilitar el proceso de ayuda a la muerte para enfermos que lo demanden. Ya en 2018, el PSOE había llevado ante el Parlament una proposición no de ley para instar al Congreso a tramitar la regulación de la eutanasia.
Canarias también cuenta desde marzo de 2015 con una ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona ante el proceso final de su vida. Cantabria, sin embargo, mno cuenta con una ley de estas características, a la espera de que el Estado aprueba una norma nacional sobre la eutanasia. Cuenta, no obstante, con un Programa Integral de Atención Paliativa.
En Castilla y León la muerte digna no está regulada, pero se han presentado proposiciones no de ley «en relación al testamento vital, a los cuidados paliativos y al derecho a una muerte digna» que han sido retiradas y no tramitadas. Sí se aprobó a comienzos de este año un proyecto de ley para la creación de la categoría de médico de cuidados paliativos. La otra Castilla no posee ninguna regulación de muerte digna.
Cataluña tampoco cuenta con la protección de una ley sobre muerte digna, pero sí ha instado al Congreso, a través de una proposición de ley de 2017, a que se despenalice la eutanasia. En Valencia las Cortes aprobaron el año pasado una ley de garantías de la dignidad de la persona que establece que todos los pacientes tienen derecho a recibir cuidados paliativos en instituciones sanitarias públicas y privadas e introduce medidas nuevas como la Planificación Anticipada de Decisiones.
En Extremadura no existe ninguna ley pero sí un Registro de expresión anticipada de voluntades, creado en enero de 2008 y en Galicia, en junio de 2015, el Parlamento gallego aprobó una ley que rige el desarrollo de los instantes finales de pacientes con un pronóstico de vida limitado.
En Madrid la Asamblea regional aprobó en 2017 una ley para personas en el proceso final de la vida, que regula los cuidados paliativos en su domicilio o donde la persona desee. En Murcia, por su parte, si bien no existe una norma concreta y sólo se regula a través de un decreto de 2005 que indica las instrucciones previas y un registro de personas, la Asamblea Regional ha aprobado esta semana una reforma del Estatuto de Autonomía en la que se incorporan varios derechos, entre ellos, el de tener una muerte digna.
En Navarra, desde 2003, existe la posibilidad de registrar un testamento vital, en el que se recogen los cuidados que una persona desea recibir para evitar el sufrimiento o alargar la agonía. En 2015, el Parlamento foral instó al gobierno de España a modificar el Código Penal para que despenalice la eutanasia y el suicido asistido.
En el País Vasco, en julio de 2018, el Parlamento vasco aprobó una ley que regula la limitación del esfuerzo terapéutico y la sedación, y establece que el paciente tiene derecho a decidir libremente entre las opciones clínicas disponibles y que el profesional sanitario está obligado a respetar las decisiones adoptadas por la persona en situación de agonía. Y en La Rioja no hay una ley que regule la muerte digna pero este tema se articula a través del documento de últimas voluntades o testamento vital, puesto en marcha por el gobierno autonómico en 2006 y en el que se han inscrito 2.961 personas hasta enero de 2019.
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- Eutanasia