Delia Rodríguez: «Hay que crear la especialización en derecho de familia y una jurisdicción propia”

Delia Rodríguez
Delia Rodríguez.

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Delia Rodríguez es abogada experta en familia en el despacho que creo y del que es socia, Vestalia, dedicado al derecho de familia, con una clarísima vocación por la defensa de los menores, incluso por encima de los intereses de los propios clientes.

 -Vestalia Abogadas. Por qué ese nombre que evoca a las ‘Vestas’

-El despacho Vestalia Abogados de Familia se cimenta sobre la máxima de la protección a la infancia. Nos pareció que denominar al proyecto “Vestalia” tenía todo su sentido, teniendo en cuenta que son las diosas protectoras del hogar y, por tanto, de la familia.

-¿Cuándo decidió que quería ser abogada de familia?

-La llamada de la vocación de protección de los derechos de la infancia llegó a mí desde bien temprano, si bien comencé a desarrollarla desde el ámbito de la educación, el ocio y el tiempo libre.

También llegué a crear un proyecto de organización de eventos infantiles “con moraleja”, al que estuve dedicándome durante varios años hasta terminar la carrera de derecho. Después me inicié profesionalmente como abogada para una fundación para la infancia hasta llegar a tomar la decisión de crear mi propio proyecto -Vestalia- dirigido a la abogacía de familia e infancia.

-¿Qué parte de su trabajo le resulta más satisfactoria y cuál es la que menos le «satisfacciones» le da?

-La abogacía de familia e infancia es apasionante, pero también muy compleja, no voy a mentirle. La mayor satisfacción es, sin duda, saber que has logrado cambiar a mejor la vida de decenas de niños, preservando sus derechos y su vida familiar. La otra cara de la moneda es aprender a sobrellevar cuando, a pesar de tu esfuerzo, no consigues ese objetivo por muchos motivos, algunos de ellos a causa de la falta de recursos en justicia o de una especialización en derecho de familia.

-¿Dispone de un radar para saber si su cliente le miente? 

-Tengo la suerte de ser una persona muy intuitiva. No solo percibo si alguien me miente, sino que también soy capaz de entablar rápidamente una fuerte conexión de confianza con determinados clientes porque capto rápidamente qué necesitan en esa etapa vital tan importable que atraviesan.

-¿Tiene alguna línea roja a la hora de defender a alguien?

-Toda persona tiene derecho constitucional a una defensa con todas las garantías. Si bien en derecho de familia es clave tener “feeling” con tu cliente y estar ambos alineados con una estrategia conjunta.

Podría decirle que mi línea roja es el bienestar de los niños; nunca podría defender a un padre o a una madre que no velan por el interés de sus propios hijos.

-¿Cree que las últimas leyes aprobadas por el ministerio de Irene Montero están perjudicando a las labores de los letrados de familia?

-En mi criterio profesional, la reciente Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia, o la Ley 8/21 (por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica), han traído reformas interesantes y necesarias que habrá que ver cómo se desarrollan en la práctica de los tribunales.

También se han dado reformas muy polémicas, como la del art. 94 del Código Civil, por el que se recoge que se suspenderán las visitas con los hijos con la mera existencia de una denuncia de un progenitor a otro. Esta nueva redacción ha traído consigo muchas denuncias instrumentales que buscan conseguir la custodia en el proceso de familia, embarrando y deteriorando gravemente las relaciones padres e hijos. Por otro lado, no deja de sorprender la redacción del art. 11.3 de la LO 8/21, de 4 de junio, que recoge que: “los poderes públicos tomarán las medidas necesarias para impedir que planteamientos teóricos o criterios sin aval científico que presuman interferencia o manipulación adulta, como el llamado síndrome de alienación parental, puedan ser tomados en consideración”.

Con independencia del debate terminológico en torno al SAP, es innegable que las interferencias parentales existen y que afloran en los procesos contenciosos de familia. Negarlas implica dejar en indefensión a muchos niños que las sufren.

En cuanto a la ley del “solo sí es sí”, desde su reciente puesta en vigor ya podemos corroborar que la reforma amplía hasta límites no vistos la discrecionalidad del juzgador, hecho que irá, en determinados casos, en perjuicio de las víctimas al reducir notablemente el reproche penal aparejado a este tipo de delitos. Esto se traduce a efectos prácticos en que, desde la entrada en vigor de esta ley, y también con efectos retroactivos si beneficia al reo, nos encontraremos con sentencias con penas más reducidas y beneficiosas para el condenado gracias a esta horquilla donde opera la discrecionalidad del juzgador.

-¿Están los juzgados de familia preparados para entender las necesidades reales de los menores en peligro?

 -Debemos partir de la premisa de que no todos los juzgados que enjuician procesos de familia en España están especializados en esta materia y esto, per se, supone un agravio comparativo entre los justiciables. Es decir, que dependiendo de donde vivan los progenitores tendrán acceso a un partido judicial u otro, pudiendo corresponderles un juzgado mixto, el cual entiende de todo tipo de procesos, tanto civiles como penales.

Pero es que además de esta necesidad imperiosa en cuanto a crear, no solo una especialización en familia, sino incluso una jurisdicción propia, nos encontramos con otros obstáculos como la falta de recursos humanos y estructurales.

Listas interminables de espera de los equipos técnicos adscritos a los juzgados, dilaciones a la hora de obtener una plaza en los Puntos de Encuentro Familiar y un sinfín más de deficiencias que perjudican a las familias y a la infancia en general.

-¿Cuáles son, según su experiencia, las trabas más engorrosas que se encuentra por ambas partes (cónyuges) a la hora de llegar a acuerdos?

Hay dos protagonistas que siempre aparecen en los procesos contenciosos de familia: los intereses personales y los intereses económicos, y la mayoría de las veces estos se entremezclan haciendo imposible el alcanzar un acuerdo.

Algunos progenitores pierden el norte, llegando a pasar por encima del interés de sus propios hijos al situarlos en el ojo del huracán de sus rencillas personales. Lo más grave de esta situación es que desgraciadamente pasa factura a los más pequeños de la casa, tanto física como psicológica.

-¿Alguna vez ha tenido que tirar la toalla con algún cliente por falta de motivación hacia él/ella porque no le hace caso?

-Nunca he dejado de luchar por un caso familiar, por complejo que sea a nivel jurídico o emocional. De hecho, le diría que siento una gran debilidad por las mal llamadas “causas perdidas”, pues pienso que cualquier niño merece que sigamos empleando todos nuestros esfuerzos. Sin embargo, sí es cierto que en ocasiones muy puntuales me he visto obligada a renunciar a la defensa de un caso cuando un cliente reiteradamente ha obviado seguir mis indicaciones estratégicas en su proceso familiar. Es clave que cliente y abogada se encuentren totalmente alineados para conseguir el mejor resultado.

-El dinero de las pensiones, ¿es un arma que se usa contra los hijos?

-El dinero en general es causa de peleas entre exparejas, familiares, socios… Por supuesto que existen algunas madres que solicitan la custodia para conseguir una pensión de alimentos (que casualmente, en estos casos, suele superar con creces las verdaderas necesidades de los menores), y también existen padres que solicitan una custodia compartida para precisamente no pagar una pensión, aun cuando exista desequilibrio económico entre los progenitores.

Algo similar ocurre con el uso del domicilio familiar, siendo más que necesaria una reforma del Código Civil que de seguro reduciría la litigiosidad en los procesos de familia.

El dinero nunca debería ser el centro de ningún procedimiento relacionado con la infancia, sino el interés superior de los niños que deberá regir como principio rector a la hora de dictaminar las medidas paternofiliales en cualquier proceso de separación o divorcio.

Como siempre decimos en Vestalia -y así reza nuestra web-, lo primero son los niños.

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