Así es como debes acreditar a tu perro como de caza para estar al día con la Ley de Bienestar Animal
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El próximo 29 de septiembre entrará en vigor la Ley de Bienestar Animal, que excluye de su ámbito de aplicación los perro de caza, así como el resto de animales actividad cinegética y todas las actividades deportivas con animales que están amparadas por el Consejo Superior de Deportes (CSD). Ahora, la pregunta que se plantean muchos tutores es cómo deben acreditar que su perro es de caza. Pues bien, desde la Federación Andaluza de Caza (FAC) responden a está cuestión.
Ley de Bienestar Animal: acreditación del perro de caza
El artículo 1.3 de la Ley de Bienestar Animal especifica que «quedan excluidos del ámbito de aplicación» los «perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza» y los «animales utilizados en actividades específicas (las deportivas reconocidas por el Consejo Superior de Deportes, las aves de cetrería, los perros pastores y de guarda del ganado)».
Para su adecuada aplicación, la nueva ley necesita desarrollar un reglamento que especifique de qué manera se catalogan legalmente los perros de caza. Sin embargo, a pesar de que está a punto de entrar en vigor, el Gobierno todavía no ha elaborado este reglamento.
Teniendo esto en cuenta, la única forma que existe de acreditar desde el punto de vista legal que un perro es de caza es que el tutor del animal tenga una licencia de caza en vigor, así como la documentación del can en regla. Tiene que estar dado de alta, tener la cartilla de vacunación al día y contar con microchip.
En un futuro se desarrollará la Reglamentación complementaria a la la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, pero por ahora esta es la única manera legal de acreditar que un perro es de caza y, por lo tanto, está excluido de las limitaciones y obligaciones de la ley.
Esto quiere decir que las medidas impuestas a los canes con carácter general, como por ejemplo la prohibición de que pasen más de 24 horas solos y sin vigilancia, no se aplicará a los perros de caza. Por lo tanto, los tutores de estos animales no tendrán que realizar el curso obligatorio sobre la tenencia responsable de animales.
El presidente de la Real Federación de Caza Española, está conforme con la ley porque defiende que «los perros de caza no pueden ser tratados igual que una mascota porque realizan una actividad especifica, con lo que el tratamiento tiene que ser absolutamente diferente», según recoge ‘La Sexta’.
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