Vox se querella contra Sánchez por revelación de secretos y encubrimiento tras la exclusiva de OKDIARIO
El partido de Abascal también imputa a Sánchez obstrucción a la Justicia
Vox se ha querellado ante el Tribunal Supremo (TS) contra el presidente del Gobierno por revelación de secretos, obstrucción a la justicia y encubrimiento tras la exclusiva de OKDIARIO, según la cual el ex secretario de organización del PSOE y ex ministro de Transportes, José Luis Ábalos, ha reconocido que fue el propio Pedro Sánchez, en una reunión en La Moncloa, quien el 28 de septiembre de 2023 le habría informado de que la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil estaba investigando al entonces asesor del ministro, Koldo García.
Así lo ha sostenido Ábalos en una extensa conversación con OKDIARIO, en la que explica que este chivatazo que Sánchez le dio se produjo cinco meses antes de que el escándalo saltase a primera plana con la detención de quien fuera su asesor en el Ministerio, Koldo García. Sánchez informó a Ábalos de la investigación el 28 de septiembre de 2023 y la Guardia Civil detuvo a Koldo el 20 de febrero de 2024.
Una revelación que le hizo el presidente del Gobierno en una reunión privada de aproximadamente dos horas y que tuvo lugar un día después del fallido debate de investidura del entonces candidato Alberto Núñez Feijóo, contexto político en el que Sánchez buscaba recomponer su relación con Ábalos tras meses de distanciamiento.
El partido de Santiago Abascal destaca en su querella, a la que ha tenido acceso en primicia OKDIARIO, que la información compartida por Sánchez aquella tarde era de carácter reservado y relativa a una investigación penal en curso, ya que el hecho de que la UCO estuviera investigando a Koldo García no era público en ese momento, estaba «protegido por la debida confidencialidad propia de las diligencias de investigación» y debía permanecer en secreto, al menos, hasta las detenciones o la práctica de diligencias oficiales.
Un «chivatazo» o filtración institucional
El ex ministro Ábalos afirma que Sánchez conoció estos hechos a través de la Fiscalía General del Estado, dada la presencia de personas aforadas en la causa. «Es decir, todo indica que el presidente recibió un chivatazo o filtración institucional acerca de pesquisas policiales bajo secreto, información que no debía trascender fuera de los cauces oficiales», destaca Vox.
Añade que según la exclusiva de OKDIARIO, la propia Fiscalía estaría analizando las pruebas para determinar la posible implicación directa de Sánchez en esta filtración, al poder constituir una revelación ilícita de secretos. «De confirmarse, su conducta habría vulnerado el deber de sigilo inherente a las investigaciones penales en curso, máxime tratándose de actuaciones sujetas a confidencialidad por afectar a aforados», sostiene en la querella.
Vox recuerda en ella que la investigación judicial llevada a cabo ha puesto de manifiesto una presunta trama de adjudicaciones públicas irregulares conocida mediáticamente como el caso Koldo y ha revelado una posible red de cobro de comisiones ilegales a cambio de contratos de obra pública, unos hechos que «revisten una extraordinaria gravedad, pues se refieren a delitos de corrupción y fraude en el ámbito de la Administración Pública que estaban siendo activamente investigados por la Guardia Civil».
Pudo alertar a entornos gubernamentales
Además, destaca que «la información filtrada por el querellado no solo confirmaba la existencia de la investigación, sino que también pudo alertar a entornos gubernamentales sobre el avance de un caso de corrupción de gran sensibilidad» y la comunicación indebida de estos datos reservados «pudo comprometer seriamente el desarrollo efectivo de las pesquisas policiales». «Al revelar a José Luis Ábalos la existencia de la investigación sobre Koldo, Pedro Sánchez permitió que al menos uno de los potenciales implicados tuviera noticia anticipada de las diligencias en curso, con el consiguiente riesgo de alteración o destrucción de pruebas, coordinación de versiones o huida de responsables», precisa.
Y añade que tal y como ha señalado la prensa, «la filtración habría permitido anticipar a ciertos implicados detalles clave de la investigación, comprometiendo el desarrollo de la misma». «De hecho, la reunión de Moncloa fue calificada por el propio Ábalos como un episodio psicológicamente demoledor y una imprudencia por parte de Sánchez, al citarlo en medio de un proceso judicial incipiente», apunta VOX, señalando que con ello, Sánchez «incurrió en una temeridad consciente, pues desveló información sensible de una operación encubierta, poniendo en peligro la eficacia de la actuación de la Justicia».
Vox indica que «en esos meses posteriores (octubre 2023 a febrero 2024) los investigados aún podían haber tomado medidas para dificultar el esclarecimiento de los hechos», y denuncia que «la ventaja conferida por el aviso previo de Sánchez socavaba la igualdad de armas y la sorpresa inherente a toda investigación penal efectiva».
Revelación de secretos
Respecto al delito de revelación de secretos (artículo 417 del Código Penal), señala que «es irrelevante que Sánchez no hubiera obtenido personalmente la información mediante intromisión ilegítima, ya que la mera revelación no autorizada de secretos obtenidos en el ejercicio del cargo constituye delito».
Además, recuerda que el Código Penal agrava estas conductas cuando son realizadas por autoridad o funcionario público. El artículo 198 del Código Penal prevé penas superiores para el funcionario que, «prevaliéndose de su cargo», lleve a cabo las conductas descritas de descubrimiento o revelación de secretos.
«Si bien Pedro Sánchez no ostenta formalmente la condición de policía judicial ni instructor de la causa, es indudable que accedió a la información amparado en su posición institucional y que su revelación constituyó un abuso de confianza hacia la fuente oficial que se la transmitió», sentencia.
Encubrimiento
Sobre el delito de encubrimiento (artículo 451 del Código Penal), castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años, afirma que en la conducta denunciada concurren prima facie los elementos de esta figura: «Pedro Sánchez, a sabiendas de que se estaba investigando un delito de corrupción en el entorno de un exalto cargo, habría actuado para ayudar a los implicados (Ábalos, Koldo y terceros) a eludir la investigación de la autoridad o sus agentes, u ocultar, alterar o inutilizar efectos o instrumentos del delito o, incluso, facilitando al Sr. Ábalos, y por extensión a toda la trama delictiva, a asegurar el provecho, producto o precio de los delitos cometidos».
«El auxilio se concretó en alertar anticipadamente a Ábalos de las pesquisas, lo que permitió a los presuntos responsables prepararse frente a la acción policial, mitigando el efecto sorpresa de futuras detenciones o registros, pudiendo, por tanto, destruir elementos probatorios esenciales, así como adoptar medidas patrimoniales y de cualquier otro tipo encaminadas a obstaculizar su investigación», argumenta.
En este sentido, recalca que la filtración «habría permitido anticipar a ciertos implicados detalles clave de la investigación, comprometiendo el desarrollo de la misma», lo cual «encaja perfectamente en la modalidad del número 3 del artículo 451: «Ayudando a los presuntos responsables de un delito a eludir la investigación de la autoridad o sustraerse a su búsqueda o captura».
Además, indica que en este caso concurriría la agravante específica del encubrimiento por autoridad, ya que si el favorecedor actúa «con abuso de funciones públicas», se impondrá, además de la pena privativa de libertad, la de inhabilitación especial. Y con estos hechos, como razona Vox en la querella, «Pedro Sánchez habría aprovechado información privilegiada obtenida gracias a su alta responsabilidad pública para favorecer indebidamente a personas investigadas, lo que constituye un claro abuso de su función en los términos del precepto citado».
«Por lo tanto, sin perjuicio de una calificación más depurada durante la instrucción, los indicios apuntan a que el querellado pudo cometer el delito de encubrimiento, en concurso con la revelación de secretos, al actuar deliberadamente para proteger a terceros de las consecuencias de una investigación penal en marcha», recalca el partido de Abascal.
Obstrucción a la Justicia
En cuanto al delito de obstrucción a la Justicia (artículo 464 del Código Penal) expone que aunque en los hechos conocidos no se tiene certeza de que se ejerciera violencia ni intimidación, la conducta de Pedro Sánchez «entraña una forma de interferencia grave en el normal desarrollo de un proceso penal».
«Al filtrar información reservada, el querellado alteró el curso natural de la investigación judicial, haciendo posible que los investigados adaptaran su comportamiento a la luz del aviso recibido», precisa Vox.
Y denuncia que el chivatazo de Sánchez a Ábalos fue «una indebida e ilegitima interferencia, ajena a los cauces legales, de extraordinaria gravedad por la condición del querellado, que supone indiscutiblemente un entorpecimiento de la labor investigadora de la UCO actuando como policía judicial y de la función jurisdiccional que habría de actuar posteriormente».
«En definitiva, avisar subrepticiamente a un exministro investigado de que existe una causa en marcha equivale a obstaculizar la Justicia, frustrando parcialmente sus fines», remacha Vox, aportando en la querella «un caso tan similar como es el conocido como caso Faisán», del que adjunta la sentencia por la que resultaron condenados los implicados en el «chivatazo» de la operación policial.
Pide que se cite a declarar al fiscal general
Vox reclama en la querella una batería de diligencias de investigación, entre ellas el interrogatorio del presidente del Gobierno y que se cite a declarar como testigo al ex ministro Ábalos, ya que «su testimonio resulta fundamental, al ser el destinatario directo de la presunta revelación del secreto investigado».
Además, reclama que se llame a declarar también como testigo al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. También pide que se solicite informe a la Fiscalía General del Estado acerca de si, en el ámbito de sus diligencias de investigación interna, consta alguna comunicación oficial remitida desde el Ministerio Público al presidente u otra autoridad gubernamental en septiembre de 2023, relativa al caso Koldo. Una diligencia que «permitirá determinar el origen de la filtración y, en su caso, extender la investigación a otros partícipes en la revelación del secreto».
También pide que se oficie a Presidencia del Gobierno para que certifique todos y cada uno de los días (y el tiempo de estancia) en los que Ábalos y el fiscal general del Estado se reunieron con el Sánchez en el Palacio de Moncloa o cualquiera de sus edificios anexos desde el mes de septiembre de 2023 hasta que el ex ministro de Transportes fue formalmente declarado investigado por resolución judicial.
Junto a estas medidas reclama que ordene a la UCO que determine las personas que eran conocedoras de la investigación que se estaba llevando a cabo sobre el entorno del ex ministro Ábalos y Koldo García y de qué forma la conocieron.
Por último, solicita que se pida al Juzgado Central de Instrucción número y a la Sala de lo Penal del Supremo información sumarial sobre el estado de dicho procedimiento. En particular las fechas relevantes, como son la de inicio de diligencias, la de declaración de secreto de actuaciones (si se decretó) y las fechas de detención de investigados, etc., para «cotejar dichas circunstancias con las actuaciones del querellado y valorar el impacto concreto que su revelación tuvo en la instrucción original».
«Especialmente, interesa conocer si el 28 de septiembre de 2023 la investigación de la UCO se encontraba bajo secreto judicial y si existían actuaciones formalmente secretas en aquel momento, lo que agravaría la ilicitud de la filtración (artículo 466.2 CP, en relación con el artículo 417 CP, por posible participación de autoridades en revelación de actuaciones secretas)», concluye Vox. En en su caso, deberá incorporarse testimonio de las resoluciones judiciales pertinentes.
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